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La Justicia puede tumbar los indultos del 'procés' si Sánchez no los justifica "al detalle"

Juristas expertos afirman que el Ejecutivo tiene total libertad pese al duro informe del Supremo pero advierten de que debe razonarlos uno a uno para evitar que se los recurran

Ceguera selectiva
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, mira a Oriol Junqueras. Europa Press

El Gobierno tiene vía libre en su camino para conceder los indultos a los condenados por el procés. Toda vez que el Tribunal Supremo ha emitido su informe sobre el asunto, la concesión de esta medida excepcional queda en manos de Pedro Sánchez que ya dejó claro, antes incluso de que se pronunciara el tribunal enjuiciador, el criterio favorable del Ejecutivo. La ley -que data de finales del siglo XIX- da plena potestad al Gobierno en su intención por conmutar las penas a todos los condenados, ahora bien, tendrá que justificarlo y razonarlo al detalle si no quiere que el asunto acabe de nuevo en manos de la Justicia.

Así lo explican juristas al más alto nivel consultados por Vozpópuli que avisan que este caso tiene un origen político "clarísimo". Así, mientras algunas voces consideran que el Ejecutivo puede razonar que ha existido desproporción en las condenas por el 1-O, otros se desmarcan y apuntan a un "triple desprecio" a la Justicia. Al respecto explican que la declaración de intenciones de Sánchez un día antes de conocer el duro informe del alto tribunal evidencia que el Gobierno no iba a tener en cuenta el dictamen de la Sala de lo Penal que condenó a Oriol Junqueras y el resto de acusados por delitos de sedición, malversación y desobediencia.

También entienden que el mensaje del presidente del Gobierno en el que instó a "evitar" la revancha con Cataluña se entiende como una afrenta a la labor de los tribunales. Aunque la opinión del alto tribunal no es vinculante, su negativa a conceder cualquier tipo de indultos ante la falta de arrepentimiento de los condenados deja al Ejecutivo en una posición especialmente complicada para dar luz verde a esta medida de gracia que acuerda el Consejo de Ministros y concede el Rey. Al respecto explican que la decisión debe tomarse con absoluta serenidad, pese al interés mediático y político que despierta el asunto, ya que se trata de medidas excepcionales que no se pueden resolver de manera arbitraria. "No valen palabras huecas", explican.

Una figura anacrónica

De este modo, un indulto total tendría difícil cabida en este escenario en el que los condenados advirtieron que volverían a actuar a favor de declarar la independencia de Cataluña. La Ley de 18 de junio de 1870, en su artículo 11, recoge que un indulto total se otorga solo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública. Se trata de escenarios que el Supremo descarta en su informe en el que razona que pierden todo tipo de justificación cuando se presentan como presos políticos que instaron a una movilización a favor del movimiento independentista.

Pese a que los juristas consultados aseguran que se debe respetar lo que diga el Ejecutivo y que hay que separar la indignación que pueda generar esta medida de la Ley, otros cuestionan la figura del indulto, asegurando que es "anacrónica" y que tenía sentido en una etapa previa a la separación de poderes pero no ahora. Sea como fuere todos coinciden en que en el caso del procés el trasfondo no es humanitario, sino exclusivamente político y que el Ejecutivo tiene amplio margen de actuación aunque las medidas de gracia, que se conceden de manera individualizada, se puedan recurrir ante la Sala de lo Contencioso del alto tribunal.

El Supremo evita el ruido político

Aunque el Supremo sí ha anulado algunos indultos, no es usual que la Sala III falle en contra de estas concesiones. Para que ello ocurra se tiene que producir algún defecto no tanto de fondo sino de forma, como puede ser que no se haya cumplido con el trámite que prevé la Ley o por defectos de motivación. Sea como fuere, todavía es una incógnita la resolución del Ejecutivo socialista en relación a este asunto ya que quedaría por delimitar hasta donde alcanzaría el perdón acordado. Los doce líderes independentistas fueron condenados a penas que van desde los trece años en el caso de Oriol Junqueras a los nueve en lo que respecta a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Solo tres exconsejeros del gobierno de Carles Puigdemont (Meritxell Borràs, Carles Mundó y Santi Vila) se libraron de prisión al ser penados con desobediencia.

A ello se le suma el delito de malversación de fondos públicos que la Abogacía General del Estado consideró restituido en su informe por los indultos. Los juristas consultados avanzan que en el foco del asunto estará lo relativo a las inhabilitaciones absolutas que acordó el tribunal en función de las penas recibidas, teniendo en cuenta que muchos de ellos confiarían en volver a ejercer como cargos políticos en una próxima legislatura. Al respecto apuntan que el Ejecutivo de Sánchez trabajará especialmente bien este punto ante el coste electoral a su inclinación a conceder los indultos incluso a votantes de su propia formación.

Sea como fuere desde el alto tribunal se desligan de la vertiente política y defienden el contenido de su informe. Fuentes del tribunal de procés consultadas por este diario descartan que endurecieran el tono en su informe a tenor de las últimas declaraciones de Sánchez y limitan su trabajo al ámbito estrictamente judicial. En su informe hacen especial hincapié en que el indulto no puede presentarse como un recurso de alzada ante el Gobierno y contra el Tribunal Supremo, así como tampoco se puede amparar en que se vulneraron sus derechos ya que fue una actuación "legítima" respaldada en todo momento por el Tribunal Constitucional.

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