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La Justicia catalana obliga al Govern a vacunar "de inmediato" a policías y guardias civiles

El TSJC indica que "en un plazo máximo de diez días la vacunación del colectivo aludido deberá haber alcanzado la misma proporción que en el Cuerpo de Mossos"

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Agentes de la Guardia Civil en Barcelona. Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado este martes al Goven catalán que vacune "sin excusa alguna garantice de inmediato y sin dilaciones" a policías y guardias civiles para igualarlos a los Mossos d'Esquadra.

"En un plazo máximo de diez días la vacunación del colectivo aludido deberá haber alcanzado la misma proporción que en el Cuerpo de Mossos d’Esquadra", indica la Justicia catalana. Además, "en un plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la finalización del plazo de diez señalado anteriormente, el Department de Salut deberá informar a este Tribunal del estado de ejecución de la medida cautelar".

De esta forma, el TSJC da la razón a la petición de los sindicatos de Guardia Civil y Policía Nacional Jucil y Jupol, que solicitaban que se dictaran medidas cautelares que ordenen al Departamento de Salud proseguir con la vacunación de los agentes de esos cuerpos.

Ambos sindicatos policiales presentaron un demanda en la que pedían al TSJC medidas cautelarísimas porque consideran que se ha frenado el proceso de vacunación de policías nacionales y guardias civiles, a diferencia del de Mossos d'Esquadra y Bomberos, lo que a su parecer vulnera el derecho fundamental "a la igualdad y la no discriminación".

Agentes vacunados por edad, no por empleo

El tribunal considera que el hecho de que los agentes de entre 60 y 65 años ya hayan sido vacunados --por su edad y no por su empleo-- no afecta a los motivos del recurso, en el que Jupol y Jucil alegaron vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación, que la Generalitat negó en su escrito.

Resalta los "elocuentes datos" sobre la vacunación a cuerpos policiales en Cataluña: el 24 de marzo, se había vacunado al 77% de los mossos, al 68,9% de agentes de policías locales y al 77,9% de efectivos de la Guardia Urbana de Barcelona; frente al 3,6% de policías nacionales y al 2,8% de guardias civiles en Cataluña.

"No son necesarias demasiadas pruebas para entender que la demora en la vacunación de los funcionarios de los cuerpos y fuerzas de seguridad que están en activo puede situar a tales funcionarios en una situación de riesgo para su salud (incluso de riesgo grave o irreparable) superior a otros grupos de población", dicen los magistrados al justificar esta medida cautelar.

"Apariencia de discriminación"

Señalan que, a la espera de estudiar el fondo del asunto en la sentencia, aprecian "una apariencia de discriminación en perjuicio de los funcionarios de la Policía Nacional y de la Guardia Civil", basándose en los porcentajes de vacunación en cada cuerpo policial.

Los jueces afirman que esta medida "no tiene por qué traducirse en un perjuicio para otros grupos de población", teniendo en cuenta la llegada de nuevas remesas de vacunas y que en Cataluña hay un contingente reducido de Policía Nacional y de Guardia Civil.

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