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España

El Gobierno prorroga la cuarentena de diez días para los viajeros de países de riesgo

Si al séptimo día la persona se somete a una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo, podría suspender el aislamiento

Barajas
Interior de la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Europa Press

El Gobierno ha aprobado la prórroga de la cuarentena de diez días por el coronavirus para los viajeros que lleguen a España procedentes de países de riesgo hasta el 19 de abril, fecha en la que, si las circunstancias sanitarias lo requieren, la orden podría extenderse en el tiempo.

Según ha publicado este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), esta prórroga de la orden de establecida el pasado 2 de marzo afecta a las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en la República Federativa de Brasil, la República de Sudáfrica, República de Botsuana, Unión de Comoras, República de Ghana, República de Kenia, República de Mozambique, República Unida de Tanzania, República de Zambia, República de Zimbabue, República de Perú y República de Colombia a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias.

Los viajeros deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo. No obstante, si al séptimo día la persona se somete a una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo, podría suspender el aislamiento.

Eso sí, el BOE aclara que queda exceptuado el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

Quién está obligado a pasar la cuarentena

En detalle, las personas obligadas a realizar la cuarentena tendrán que permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos, así como los accesos de terceras personas al domicilio o alojamiento. Sin embargo, sí podrán desplazarse para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios o por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Sobre los efectos de la norma, esta se establece desde las 00.00 horas del 5 de abril, cuando termina el primer plazo de la orden, hasta las 24.00 horas del 19 de abril, pudiendo prorrogarse sus efectos de mantenerse las circunstancias que la motivan.

En este contexto, el Gobierno ha destacado los efectos positivos que ha supuesto la aplicación de la orden de 2 de marzo, desde su publicación. "No solo se ha producido una disminución en la llegada de viajeros procedentes de las zonas afectadas, sino que además en el seguimiento de la cuarentena se han podido detectar la aparición de casos de la covid-19 entre las personas en aislamiento, lo que ha supuesto que no han tenido capacidad de trasmisión en la comunidad", han deslizado.

Además, han señalado que en los refuerzos de los controles a la llegada también se han detectado casos de positivos que han podido derivarse a los servicios sanitarios de las comunidades autónomas nada más llegar al territorio nacional.

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