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España

La Fiscalía solicita cuatro años y medio de prisión para el exCEO de DIA Ricardo Currás

El ministerio público pide para el resto de los exdirectivos investigados tres años y un día de cárcel

Ricardo Currás.
Ricardo Currás. Europa Press

La Fiscalía Anticorrupción pide cuatro años y medio de prisión para el ex consejero delegado del Grupo DIA Ricardo Currás, y tres años y un día tanto para su mano derecha Amando Sánchez Falcón como para los ex directores comerciales Luis Martínez Gallardo y Juan Cubillo, y el que fuera director financiero Antonio Arranz Martín.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que, en su escrito de acusación, el fiscal les imputa un delito continuado de falsedad en las cuentas que, como explicaba en el auto de fin de instrucción el juez Alejandro Abascal, supuso alteración en las cifras de la compañía en 2016 y 2017 mediante prácticas irregulares que habrían supuesto un incremento ficticio de casi 52 millones.

Este escrito de calificación llega dos semanas después de que el juez instructor procesara también a DIA España como responsable civil subsidiario y archivara la causa para los dos socios consultores de KPMG, consultora encargada de auditar las cuentas de la compañía en 2016 y 2017. También sobreseía la causa para los miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento de la cadena de supermercados de esos mismos ejercicios, y para el responsable de la política de cumplimiento normativo.

De esta manera, quedaban fuera de la causa el que fuera CEO de DIA entre diciembre de 2018 y mayo de 2019, Borja de la Cierva, imputado por haber pertenecido a esa misma comisión desde octubre de 2016, Richard Golding (presidente de esa comisión en 2016), Juan María Nin Génova --fue vocal externo de esa comisión--, María Luisa Garaña Corees --vocal independiente desde febrero de 2017-- y Julián Díaz González --vocal independiente y miembro de la misma en 2016 y 2017--.

Ahora, el fiscal interesa también para Currás una multa de 18 meses a razón de 25 euros al día, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad mercantil como personal de alta dirección durante el tiempo de la condena.

Para Sánchez Falcón y el resto de directivos pide además multa de 13 meses a razón de 10 euros al día, además de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad mercantil de alta dirección durante el tiempo de la condena.

En cuanto a la responsabilidad civil, dado que queda acreditada en instrucción la existencia de perjuicio, Currás deberá indemnizar a DIA SA con la cantidad mínima de 275.232 euros. Además la cadena de supermercados, si bien de conformidad con al artículo 120.2 del Código Penal responde como responsable civil subsidiaria, dado que no se efectúa reclamación por la variación en el precio de cotización de las acciones, la fiscalía señala que solo procede, respecto a estas cantidades, la restitución del bonus indebido.

Notables irregularidades

Esta investigación se inició en 2019, a raíz de una querella de accionistas de la mercantil DIA que denunciaban por estafa a los responsables de la cadena de supermercados por distintas actuaciones contables irregulares que ponían de manifiesto que las cuentas del ejercicio de 2017 de la entidad no reflejaban la veracidad y exactitud de su situación económica, al existir notables irregularidades contables.

El auto de Abascal recogía todas las diligencias practicadas y explica que con la instrucción ya finalizada se ha acreditado que Currás, como consecuencia del empeoramiento recurrente de resultados del grupo y de la consiguiente caída de la acción desde 2015, empleó su conocimiento y posición para "actuar" sobre determinadas partidas de la contabilidad de DIA España S.A. impartiendo órdenes de contabilización de magnitudes "que no respetaban la normativa contable, ni la realidad del negocio, pero permitían mejorar resultados, tanto del año 2016 como los del año 2017".

Este plan se lleva a cabo al haber sido "especialmente inferiores a las expectativas" los resultados de 2017, "dadas las bajadas de precios que el grupo se vio obligado a hacer en España para relanzar las ventas".

Esas prácticas irregulares, según relataba el juez en su resolución de 38 páginas, condujeron a que se fueran arrastrando unas cantidades de un año a otro, mejorando los resultados de cada año con base a ingresos futuros, "generando un acumulado cada vez mayor, con la esperanza de que de volver a mejorar los resultados por la propia actividad se fuesen compensando sin que nadie lo advirtiese".

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