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Un juez rechaza que las administraciones públicas puedan hacer ERTE

Tras la declaración del estado de alarma, el Ayuntamiento de Valverde de la Virgen de León decidió aplicar un expediente temporal de regulación de empleo a parte de sus empleados 

Un juez rechaza que las administraciones públicas puedan hacer ERTE

Un juzgado de lo social de León ha rechazado que las administraciones públicas puedan llevar a cabo expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE), al entender que en la reforma laboral de 2012 quedaban excluidas de la posibilidad de aplicar dichas medidas de flexibilidad.

Tras la declaración del estado de alarma por la pandemia de coronavirus, el Ayuntamiento de Valverde de la Virgen (León) decidió aplicar un ERTE a 97 de sus 146 empleados, y una vez informado el Comité de Empresa promovió un expediente de regulación temporal de empleo ante la Oficina Territorial de Trabajo alegando causas de fuerza mayor.

La Oficina Territorial de Trabajo de León rechazó la pretensión del ayuntamiento, dictó resolución con fecha 1 de abril de 2020, al entender que el Estatuto de los Trabajadores no lo permite.

El ayuntamiento recurrió al juzgado, que ha rechazado el recurso.

Reforma laboral de 2012

El juez de León constata que la reforma laboral de 2012 excluye la aplicación en las administraciones públicas de las medidas de flexibilidad interna consistentes en suspensiones de contratos laborales o reducción de jornada, y alude también a una sentencia del Tribunal Constitucional en el mismo sentido.

Además, el juzgado destaca que existen "otras medidas a disposición de la administración empleadora, como el plan de ordenación de recursos humanos, sin repercusión en coste de desempleo".

No obstante, el fallo no es firme y puede ser recurrido ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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