España

El Derecho Canónico da la razón al párroco de Segovia denunciado por el alcalde homosexual de Torrecaballeros

El mismo denunciante ha confirmado en sus redes sociales que "vive con su pareja", un hecho por el que la Iglesia Católica impide comulgar, según la doctrina.

  • Imagen de una iglesia -

La polémica se ha desatado en redes sociales por el comunicado de un alcalde socialista en Segovia, Rubén García de Andrés, denunciando que un sacerdote le ha negado la comunión por ser homosexual. "El párroco de Torrecaballeros me comunica que se me prohíbe recibir la Sagrada Comunión. ¿Por qué?: por mi condición sexual y vivir con mi pareja", ha publicado en X. 

El mismo denunciante ha confirmado en sus redes sociales que "vive con su pareja", un hecho por el que la Iglesia Católica impide comulgar, según la doctrina. Esta señala que un cristiano no puede convivir con su pareja fuera del matrimonio. De este modo, este asunto no sería un caso de homofobia, como ha indicado García de Andrés, sino un mero cumplimiento de las normas establecidas dentro de la fe católica. 

El Derecho Canónico y el Catecismo de la Iglesia avalan la decisión del sacerdote y el posterior visto bueno del obispo de la diócesis. En el artículo 2390 del Catecismo de la Iglesia establece que: "El acto sexual debe tener lugar exclusivamente en el matrimonio; fuera de éste constituye siempre un pecado grave y excluye de la comunión sacramental"; por tanto, no puede comulgar todo aquel que mantenga relaciones sexuales fuera del matrimonio, independientemente de su condición sexual

Asimismo, en la tercera parte en el artículo 6, en el punto 2357 del Catecismo se afirma que la Tradición ha declarado siempre que 'los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados'". Además, confirma que las personas homosexuales "deben ser acogidas con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta".  El artículo termina diciendo que "las personas homosexuales están llamadas a la castidad", así como dice también en el punto 2348 que "todo bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha “revestido de Cristo” (Ga 3, 27), modelo de toda castidad". 

Además, el Código de Derecho Canónico establece que: "No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o de la declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave". Este último punto es el que se aplica a aquellas parejas que vivan en pecado, sean homosexuales o no.

Una situación parecida ha vivido otra pareja homosexual de un pueblo vecino, Bardasillas, donde está el mismo párroco. Mario Calvo, en Facebook, ha escrito: "No se nos condena por ser homosexuales, sino por tener la valentía de compartir nuestras vidas, nuestro hogar, en un acto de amor sincero". Es decir, por vivir de una forma diferente a la que establece la Iglesia Católica. Si alguien quiere participar de la Sagrada Comunión también tiene que querer y poner las herramientas para vivir de acuerdo a la Iglesia

Un problema que venía de antes

Los afectados han relatado que no es la primera vez que viven una situación parecida. El alcalde ha recordado que hace dos años se le retiró del servicio que prestaba como celebrador de la palabra, una práctica común en las zonas rurales donde no siempre hay un sacerdote, por los mismos motivos que en la situación actual.

"Entonces no lo hice público. Grave error por mi parte", ha señalado al respecto el alcalde, quien ha aseverado que ahora ha decidido "no callar" para denunciar la "homofobia de parte de la Iglesia de Segovia".

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