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Educación

La Justicia reconoce el derecho de un opositor a la revisión presencial de su examen

El fallo da la razón a CCOO, que destaca que con esta sentencia se fortalece y protege el derecho de los opositores a un trato "más justo" y en conformidad con sus derechos de ciudadanía

La Justicia reconoce el derecho de un opositor a la revisión presencial de su examen
Oposiciones a la Xunta. Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha dictado una sentencia en la que reconoce el derecho de los opositores a la revisión presencial de sus pruebas para el acceso a la Función Pública.

El fallo da la razón a CCOO, que ha destacado en un comunicado que con esta sentencia se fortalece y protege el derecho de los opositores a un trato "más justo" y en conformidad con sus derechos de ciudadanía.

Además, subraya el sindicato, el fallo obliga a la Administración a un ejercicio de transparencia que "es fundamental en unas oposiciones donde cada año miles de personas se juegan su futuro profesional".

La demanda ganada por CCOO, que afectará a todas las oposiciones de cualquier Administración Pública, denunciaba que no había existido una adecuada motivación de las resoluciones al no haberse producido la revisión de los exámenes.

El fallo determina el derecho de la persona aspirante a que "se produzca la revisión de las pruebas y casos prácticos, con conocimiento de las respuestas correctas y en presencia de la recurrente, así como la de conocer las calificaciones concretas de cada uno de los miembros del Tribunal".

La Federación de Enseñanza de CCOO ha hecho hincapié en el "gran valor de esta sentencia pionera" que, aunque tarde, "supone un paso más para mejorar la transparencia de todo el proceso de oposición", un derecho que ya tenía reconocido el alumnado en el sistema educativo, pero que no estaba contemplado para los docentes.

Condiciones en los procesos selectivos

No obstante, CCOO pide que las condiciones en los procesos selectivos permitan en la práctica el ejercicio de este derecho mediante la reducción del número de personas opositoras por tribunal y unas condiciones adecuadas para quienes los integran y también para quienes se presentan al proceso.

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