La titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Castellón ha acordado la apertura de juicio oral contra el expresidente de la Diputación de esta provincia Carlos Fabra y otros nueve acusados en el marco de la causa sobre el origen y la posible ocultación del patrimonio del exdirigente político.
La magistrada ha requerido en un auto del pasado 30 de enero a todos ellos para que presten una fianza conjunta y solidaria por importe de 1.375.276 euros a fin de asegurar las responsabilidades civiles que se les pudiera imponer en caso de sentencia condenatoria.
8 años después
Esta causa se ha dilatado en el tiempo porque han pasado 8 años desde su arranque y casi la mitad del tiempo, los últimos 4 años, el proceso no ha tenido avances ni novedades entre el fin de la instrucción y el inicio de la fase de juicio oral, sin que llegara a producirse el señalamiento.
El auto señala la Audiencia Provincial de Castellón como órgano para el enjuiciamiento y fallo de esta causa, en la que la Fiscalía y la Abogacía del Estado aprecian inicialmente la comisión de delitos de "alzamiento de bienes/insolvencia pùnible, y frustración de la ejecución, blanqueo de capitales y cohecho".
Penas de hasta 12 años
Junto a Carlos Fabra, a quien la Fiscalía Anticorrupción pide una pena de 12 años de prisión, figuran como acusados cuatro de sus familiares –su mujer, dos de sus hijos y su yerno– a quienes pide penas que oscilan entre los 7 y los 11 años.
De igual forma figuran como encausados cinco empresarios: Fernando Roig (presidente del Villarreal y de Pamesa) y su hijo Fernando que es su mano derecha en el club de fútbol para quienes el Ministerio Público pide penas inicialmente de 4 años y 7 meses de cárcel.
Figuran también como encausados el dueño de Facsa, Enrique Gimeno; Alejandro Lorca, quien fuera asesor de Fabra en la corporación provincial; y Miguel Pérez, administrador de una de las empresas de la presunta trama para ocultar patrimonio. También están procesadas siete empresas como personas jurídicas.
Contra este auto solo cabe recurso de reforma ante el propio juzgado o de queja ante la Audiencia Provincial exclusivamente en relación con la situación personal de los encausados.