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España

Granados compara su caso con los de un narco y dos blanqueadores para pedir de nuevo su libertad

Ficha penitenciaria de Granados de su salida de prisión del pasado 17 de noviembre para asistir a un registro.

Enésima petición de excarcelación, pero con argumentos diferentes. El ex secretario general del PP madrileño y presunto cabecilla de la trama Púnica, Francisco Granados, ha presentado en la Audiencia Nacional un nuevo escrito para solicitar su puesta en libertad condicional cuando falta sólo un mes para que se cumplan dos años de su detención. No es la primera vez que lo hace, pero sí en la que esgrime alegaciones distintas a las habituales sobre la inexistencia de riesgo de fuga o la imposibilidad de reiteración delictiva. En esta ocasión el que fuera número 3 del Ejecutivo de Esperanza Aguirre reclama su excarcelación por el supuesto incumpliento de una directiva europea que obliga a la Justicia de los países de la UE a facilitar información suficiente sobre la causa para garantizar "un efectivo ejercicio del derecho de defensa" que, en su caso, considera que no se ha producido por la larga duración del secreto de sumario. El documento viene acompañado de tres resoluciones judiciales recientes, dos refereidas a sendos directivos del banco chino ICBC arrestados por blanqueo de capitales, y la tercera de un presunto narcotraficante, en las que sí se aplicó dicha legislación y que supuso su inmediata puesta en libertad hace sólo unos meses.

Granados asegura que el secreto de sumario, que aún se mantiene en una de las piezas, le ha provocado una "grave indefensión" al impedir acceder a todas las pruebas contra él

El escrito, de nueve folios de extensión y al que ha tenido acceso Vozpópuli, recalca que el político viene pidiendo su puesta en libertad prácticamente desde que fue detenido el 27 de octubre de 2014, ya que, asegura su abogado, desde entonces no se han concretado en ningún momento las acusaciones que sirvieron al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Eloy Velasco, para enviarle a prisión. De hecho, sigue negando acusaciones concretas como que la mansión que uno de los constructores imputados, Ramiro Cid, estaba construyendo en Valdemoro fuera realmente para él, que hubiera cometido "tráfico de influencias [...] por razón de los cargos públicos desempeñados" o un delito tributario por la apertura de una cuenta en Suiza en el año 2000. Asegura que las acusaciones que aparecían en el auto que le envió a la cárcel no se han probado a lo largo de la investigación y, de hecho, se han 'desvanecido' porque no se se han concretado en personas o "contratos irregularmente adjudicados".

Lo que su abogado asegura que sí ha cambiado en estos casi dos años es la legislación aplicable, entre otros motivos por la transposición a la española en 2015 de una directiva europea de mayo de 2012 que obliga a las Justicias de los países de la UE a permitir a las encausados el acceso "a la totalidad de las pruebas materiales, como por ejemplo, fotografías, grabaciones de sonido o de vídeo, en posesión de las autoridades competentes a favor o en contra de dichas personas con la debida antelación para un ejercicio efectivo de los derechos de defensa". En su escrito, Granados recalca que esto no se ha dado por la larga duración del secreto de sumario, una medida que aún se mantiene en "alguna pieza separada" en referencia a la que investiga la supuesta financiación irregular del PP madrileño, y que él considera que debe ser de "aplicación excepcional". Esta circunstancia se traduce, en su opinión, en una "grave indefesión" ya que hasta ahora no se le ha permitido "ejercer correctamente el derecho de defensa" y, como consecuencia, "la imposibilidad de entender y combatir la privación de libertad".

"El Juzgado ha vulnerado la regulación vigente"

De hecho, recalca que las excepciones que la propia directiva europea marca al acceso a dicha información -que la misma supusiera una amenaza grave para la vida o fuera necesario para defender un interés público importante- no se dan en su caso. Por ello, el escrito concluye que se debe reconocer que se ha impedido a Granados su derecho al "acceso a la totalidad de las pruebas materiales que obran en las actuaciones" con la consiguiente puesta en libertad ya que "el Juzgado ha vulnerado la regulación vigente" y está "conculcando el derecho a la libertad prescrito en el artículo 17 de la Constitución Española". No obstante, su abogado admite que la excarcelación pueda ser acompañada de otras medidas cautelares, "como la fijación de fianza, la retirada del pasaporte o presentación" periódicas en el juzgado.

En abril, la Audiencia Provincial de Madrid exscarceló a dos directivos del banco chino ICBC en aplicación de dicha directiva europea. En junio, la de Barcelona hizo lo mismo con un 'narco'

Para respaldar su petición, el político acompaña su escrito de tres resoluciones dictadas recientemente por las Audiencia Provinciales de Madrid y Barcelona. Dos de ellas se refieren a Wei Liu Liu Wang, directivos del banco chino ICBC detenidos por la Guardia Civil en febrero dentro de la 'Operación Shadow' por un presunto delito de blanqueo de capitales, y a los que un tribunal ordenó poner en libertad precisamente porque el secreto de las actuaciones les había generado una "indefensión" al impedirles "articular" la impugnación de la orden prisión "con una información suficiente". El tercer caso es el de un presunto narcotraficante detenido en enero de 2015 en Barcelona después de que la Policía interviniera en un contenedor del puerto de la capital catalán un cargamento con 60 kilos de cocaína. El pasado 28 de junio, la Audiencia Provincial ordenó también su puesta en libertad en aplicación de la directiva europea que ahora alega Granados para salir de prisión tras dos años entre rejas.

hasta dos años más

El escrito de la defensa de Francisco Granados en el que solicita de nuevo su libertad se produce a escasos días de una cita clave para su futuro judicial. El próximo 5 de octubre, a las diez de la mañana, el magistrado del 'caso Púnica' decidirá si prorroga hasta dos años más la situación de prisión provisional en la que el ex dirigente del PP madrileño está desde que fue arrestado el 27 de octubre de 2014 o accede a dejarle en libertad, como el político viene reclamando. Hasta ahora la Audiencia Nacional ha rechazado hasta en cuatro ocasiones su excarcelación por riesgo de fuga con el apoyo de la Fiscalía Anticorrupción. La decisión del juez Velasco, recogida en una providencia adelantada por Vozpópuli el pasado 6 de septiembre, se produce en aplicación de los artículos 505 y 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que son los que determinan los tiempos máximos de prisión provisional y los mecanismos y plazos de su prórroga. Para la primera, la ley fija un máximo de 2 años de cárcel en los casos, como ocurre con Granados, que el delito del que se le acusa tuviera una pena superior a los tres años de prisión. La ley también recoge que, cumplido ese plazo, algo que en el caso de Granados ocurrirá a finales de octubre, el magistrado instructor puede acordar "una sóla prórroga de hasta dos años" si persisten el riesgo de fuga, de destrucción de prueba o de reiteración delictiva que determinaron su encarcelamiento.

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