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España

El BOE publica la prórroga del estado de alarma: hasta el 9 de mayo y revisable a los cuatro meses

El presidente del gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta primera, Carmen Calvo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles publica la prórroga del estado de alarma desde el 9 de noviembre hasta el próximo 9 de mayo, sin perjuicio de que la duración del mismo pueda acortarse dos meses si así lo permiten los indicadores sanitarios.

El texto señala que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, solicitará su comparecencia ante el Pleno del Congreso de los Diputados, cada dos meses para dar cuenta de los datos y gestiones del Gobierno de España en relación a la aplicación del estado de alarma.

Por su parte, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, solicitará su comparecencia ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados con periodicidad mensual para explicar la labor de su departamento.

[Consulta aquí el texto completo del BOE en el que se prorroga el estado de alarma]

'Toque de queda' y movilidad entre comunidades, en manos de los presidentes regionales

Asimismo, el real decreto también mantiene la vigencia de la limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno siempre que así lo decidan las comunidades autónomas, que son la autoridad competente delegada.

Las medidas relacionadas con la restricción a la movilidad entre comunidades autónomas también recaen en los presidentes autonómicos, que deberán informar previamente al Ministerio de Sanidad. Además, se recalca que la duración de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales, aunque la Comunidad de Madrid redujo este plazo.

El texto justifica la duración de esta prórroga en la tendencia ascendente en el número de casos, la evolución esperada en los próximos meses, con una climatología adversa que reduce la posibilidadde desempeñar actividades en espacios abiertos, y la situación de posible sobrecarga del sistema asistencial, que podría llegar hasta bien entrada la primavera.

"Se considera necesario y proporcionado extender la aplicación de medidas que han demostrado ser eficaces para reducir situaciones de riesgo de transmisión y frenar los contagios (...) durante un periodo deseis meses, al estimar que este plazo de tiempo ofrece la mayor seguridad posible para poder proteger adecuadamente la salud de la población con la información disponible en estos momentos", recuerda.

Revisión a los cuatro meses

En cualquier caso, transcurridos cuatro meses de vigencia de esta prórroga, la conferencia de presidentes autonómicos podrá formular al Gobierno una propuesta de levantamiento del Estado de Alarma, previo acuerdo favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud a la vista de la evolución de los indicadores, sanitarios epidemiológicos, sociales y económicos.

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