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La Audiencia de Madrid descarta que Interior prevaricara al cesar a Pérez de los Cobos

Los jueces y la Fiscalía se mostraron en contra de investigar penalmente a la directora de la Guardia Civil y el número dos de Grande-Marlaska

La Audiencia de Madrid descarta que Interior prevaricara al cesar a Pérez de los Cobos
El coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, se dirige a la Audiencia Nacional. Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid no ve prevaricación ni obstrucción de la Justicia en el cese del coronel de la Guardia Civil por parte del Ministerio del Interior. En un auto al que ha tenido acceso Vozpópuli, los jueces de la Sección Cuarta del tribunal madrileño confirmaron el archivo de una querella presentada contra la directora de la Guardia Civil, María Gámez, y el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. En la misma línea se mostró la Fiscalía, quien defendió no abrir una causa penal contra el Departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.

Esta decisión se produjo en octubre, antes de que la Audiencia Nacional tachase de ilegal la destitución del mando y anulase el cese. El fallo supuso un varapalo para el Ministerio y animó a varias instituciones como el PP, Vox o el sindicato Manos Limpias a presentar nuevas acciones judiciales contra los responsables de Interior tanto en el Tribunal Supremo como en los Juzgados de Madrid. Sin embargo, la Audiencia Provincial ya advertía de que la ilegalidad de un acto administrativo, “incluso de carácter grave y determinante de su nulidad” no significa que exista un delito de prevaricación.  

“Carece de fundamento abrir una investigación penal y menos todavía practicar diligencias de investigación de carácter especulativo con el fin de comprobar la eventual existencia de otros delitos”, dice el auto firmado por los jueces Mario Pestana, Joaquín Hervás y Ana Rosa Núñez. Avalan el archivo que ya dictó en junio el Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid ante la querella presentada por Vox. La Audiencia Provincial recuerda que “el coronel Pérez de los Cobos era un cargo de libre designación, y al respecto solo cabe asumir los atinados argumentos expuestos en el auto recurrido para excluir el delito de prevaricación administrativa”. 

El hecho de que en los ceses de cargos administrativos de libre designación deban expresarse los motivos so pena de nulidad nada tiene que ver con el delito de prevaricación. Interior cesó en mayo del año pasado a Pérez de los Cobos de su puesto como responsable de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid. En un primer momento, el ministro lo enmarcó en una mera reestructuración de equipos, pero después salió a la luz el documento de la destitución en la que se admitía que el motivo había sido no informar de la investigación en torno a la convocatoria de la manifestación feminista el 8-M en los inicios de la pandemia.

Un juzgado de Madrid encargó unas pesquisas a la Guardia Civil que provocaron la imputación del entonces delegado del Gobierno, el socialista José Manuel Franco. Los informes del Instituto Armado salpicaban además al portavoz del Gobierno durante la pandemia, Fernando Simón, y al exministro de Sanidad Salvador Illa. El documento del cese lo firmaba María Gámez y luego lo ratificó con su firma el número dos de Grande-Marlaska.

La última versión de Interior es que Pérez de los Cobos se negó a explicar por qué el contenido de esas investigaciones que afectaban al Ejecutivo se habían filtrado a la prensa. Pero no fue hasta después del cese cuando Interior encargó una investigación interna sin encontrar en el Instituto Armado a ningún responsable de la filtración. El coronel siempre alegó que las investigaciones son secretas y que es ilegal dar parte de su contenido a los superiores. Así lo destacó Vox en su recurso. 

"Archivo arbitrario"

La formación política sostuvo que el archivado dictado por el Juzgado era “arbitrario” y que “pedir información sobre investigaciones es ilegal y cesar por no informar es también ilegal”. “Se pidió al coronel Pérez de los Cobos una acción contraria a sus normas de funcionamiento y a la legislación aplicable”, añadía el partido. Lamentaba que no se hubiese acordado “una mínima actividad de investigación” que hubiese servido para probar los delitos de prevaricación y obstrucción a la justicia por parte de los responsables de Interior.

El recurso de Vox afirmaba que “el detonante de la destitución fue el tono y el contenido de los informes de la Guardia Civil” que se aportaron a la investigación del 8-M y que eso fue lo que generó la pérdida de confianza que derivó en el cese. “Por obrar en el marco de la legalidad, lo que es escandaloso y punible”, denunciaba la formación.

Sin embargo la Audiencia Provincial de Madrid responde que el auto recurrido es “de impecable factura” y acusa a Vox de haber hecho una “lectura selectivamente interesada”. En primer lugar , recuerdan los jueces del tribunal madrileño que la ley no obliga a aceptar las pretensiones del recurrente, sino “sólo el derecho a obtener un pronunciamiento motivado”. Añaden que “para admitir una querella criminal es preciso que exista una razón mínimamente seria para dar crédito”.

Por su parte la Fiscalía considera que “el cese del coronel Pérez de los Cobos no puede considerarse una manifiesta ilegalidad o contradicción con el Derecho en el sentido exigido por la jurisprudencia al tratarse de un cargo de libre designación”. Y respecto al delito de obstrucción a la justicia, el Ministerio Público argumenta igualmente en términos coincidentes con la motivación del auto recurrido.

El delito de prevaricación viene recogido en el artículo 404 del Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo. Se da en los casos en los que la decisión de fondo contravenga la ley o suponga una desviación de poder. Pero a juicio de la Audiencia Provincial, “no es suficiente, sin embargo, la mera ilegalidad o contradicción con el Derecho, cuyo control corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo”. En ese sentido, los jueces aluden al “principio de mínima intervención del Derecho Penal” para defender que la apertura de una causa tal y como pedía Vox está reservado “para los ataques más graves a la legalidad”.

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