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España

Cristina Seguí deberá pagar 6.000 euros a Ábalos por insultarlo en Twitter

La Audiencia Provincial confirma la sentencia del Juzgado contra la cofundadora de Vox, que deberá indemnizar al exministro tras vulnerar su honor en las redes sociales

La Audiencia Provincial desestima el recurso de Cristina Seguí contra Ábalos por insultarlo en Twitter
Cristina Seguí Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que Cristina Seguí, agitadora ultra que impulsó la fallida causa judicial contra Mónica Oltra, debe indemnizar con 6.000 euros a José Luis Ábalos por vulnerar su honor en una serie de mensajes publicados en Twitter en 2020. Los jueces de lo civil consideran que la agitadora de extrema derecha insultó en repetidas ocasiones al exministro en internet y le acusó de diversas irregularidades sin ninguna prueba: “Como si sólo por existir publicaciones o polémicas al respecto, tuvieren que tomarse por ciertas o veraces”, dicta el tribunal.

La Justicia puso la lupa sobre los tuits que Seguí dedicó al exministro de Fomento entre diciembre de 2020 y abril de 2021 en su cuenta que entonces sumaba casi 180.000 seguidores. En esos comentarios, Seguí le tildaba de "moralmente tarado", "barrilete", "vago grotesco" o "engendro", entre otras, además de verter acusaciones sobre su vida privada y empleando un claro lenguaje racista. "No existe duda de que la finalidad última no es otra que recurrir al insulto", explicó la jueza María Isabel Maroto.

El denunciante, no obstante, reclamó 40.000 euros de indemnización, aunque la sentencia rebajó la pena a los mencionados 6.000 euros "al no haberse acreditado que la demandada haya obtenido un beneficio o lucro económico con la difusión de los comentarios vertidos". Además, la jueza condenó en costas a Seguí y ordenó tanto la eliminación de los tuits como a la publicación de la propia sentencia en la cuenta de Twitter de Seguí.

Seguí deberá pagar a Ábalos 6.000€

En primera instancia, el juzgado entendió que los tuits “de contenido íntimo y sexual” de Seguí afectaron al honor de Ábalos. “Por todo ello no puede acogerse la libertad de expresión deba prevalecer en el presente caso”, dijo esa primera sentencia que ahora confirma la Audiencia Provincial de Madrid. Los tuits de Seguí, dicen los jueces, no eran “mera opinión” y todo lo que decía sobre el entonces ministro de Fomento “ni estaba mínimamente acreditado ni contrastado”. 

Los jueces confirman, por lo tanto, la condena de 6.000 euros de la comunicadora ultra, que entre otras cosas alegó que se limitó a comentar publicaciones en medios de comunicación sobre la vida privada de Ábalos. “Como si sólo por ello, es decir, por existir publicaciones o polémicas al respecto, tuvieren que tomarse por ciertas o veraces. No se alegó siquiera una mínima y razonable diligencia a la hora de contrastar tales hechos”, reprochan los jueces.

Las referencias que hizo Seguí en su cuenta de Twitter “ninguna relación guardan con la posible discrepancia política o con la posible crítica a la gestión de intereses públicos o generales”, explica la Audiencia de Madrid. La agitadora ultra, condenada además a pagar las costas del proceso, todavía puede acudir a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a reclamar la eliminación de la condena.

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  • M
    ma

    Pues aquí se repite con insistencia lo de agitadora ultra.

  • F
    fanayana

    Que barbaridad de artículo, o sea que Cristina Seguí por ser valiente y descubrir las corruptelas del psoe es una agitadora de extrema derecha, ánimo Cristina no te vencerá esta justicia corrupta al servicio de Pedro Sánchez.