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Andalucía

Las medidas contra la covid en Andalucía desde el 29 de abril: restricciones, toque de queda y movilidad

La región continúa cerrada perimetralmente y sólo se puede entrar o salir de la comunidad con causa justificada

Imagen de archivo de una guardia civil en un control de tráfico.

Estas son las medidas restrictivas para hacer frente a la pandemia de coronavirus que estarán en vigor en Andalucía desde de las 00:01 horas del 29 de abril hasta el 9 de mayo:

Andalucía continúa cerrada perimetralmente y sólo se puede entrar o salir de la comunidad con causa justificada.

Como novedad, se abre la movilidad entre las ocho provincias, que llevaba cerrada desde mediados de enero. Sin embargo, un total de 94 municipios andaluces estarán cerrados perimetralmente al menos durante una semana debido a las altas tasas de incidencia.

Toque de queda

El toque de queda va desde las 23:00 a las 06:00 horas en toda la comunidad. El toque de queda coincide con el horario máximo de permanencia en un bar o restaurante, pero el Gobierno andaluz aclara que la vuelta a casa desde uno de estos establecimientos en ningún caso puede ser excusa para incumplir la limitación horaria.

Aforos

Las reuniones están limitadas a 6 personas en el exterior y a cuatro en el interior de establecimientos. Los aforos dependen del nivel de alerta de cada distrito sanitario. Actualmente se reparte en tres niveles:

Nivel 2:

75 % en interior de la hostelería y 100% en exterior; 75 % en establecimientos comerciales; 65 % en instalaciones deportivas; 75 % en cines, teatros o auditorios; 100 % en asientos de transporte público y 75 % de pie; banquetes de 100 personas máximo en interior y 150 en exterior; velatorios de 10 en interior y 25 en exterior; ceremonias civiles y religiosas al 50 % de aforo.

Nivel 3:

50% en interior de la hostelería y 100% en exterior; 60% en establecimientos comerciales; 50 % en instalaciones deportivas; 60 % en cines, teatros o auditorios; 100 % en asientos de transporte público y 75 % de pie; banquetes de 50 personas máximo en interior y 75 en exterior; velatorios de 10 en interior y 20 en exterior; ceremonias civiles y religiosas al 50 % de aforo.

Nivel 4:

30 % en interior de la hostelería y 75% en exterior; 50 % en establecimientos comerciales; 40 % en gimnasios y competiciones deportivas sin espectadores; 40 % en cines, teatros o auditorios; un asiento de separación en transporte público y 50 % de pie; banquetes de 30 personas máximo en interior y 50 en exterior; velatorios de 6 en interior y 15 en exterior; ceremonias civiles y religiosas al 30 % de aforo; dos personas por fila en transporte privado.

Hostelería y comercio

El comercio debe cerrar a las 22:30 horas.

Los bares, restaurantes y cafeterías podrán permanecer abiertos ahora hasta las 23:00 horas, aunque no se podrán admitir nuevos clientes desde las 22:30 horas. Las mesas pueden ser de un máximo de cuatro clientes en el interior y de seis en el exterior. La mascarilla sigue siendo obligatoria salvo en el momento de la ingesta.

En una veintena de localidades con incidencia superior a 1.000 casos por cada 100.000 habitantes estará cerrada toda la actividad no esencial al menos durante una semana.

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