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España

El TC avala el contrato de apoyo a emprendedores sin indemnización por despido el primer año

El recurso de inconstitucionalidad frente a la reforma laboral presentado por el Parlamento de Navarra ha sido rechazado con nueve votos en contra y tres a favor por el Tribunal Constitucional, que avala tres puntos de la reforma laboral, entre ellos el contrato de apoyo a emprendedores, que cuenta con un periodo de prueba de un año que, en el caso de no ser superado, no contempla indemnización alguna para el trabajador.

Fuentes jurídicas han informado de la decisión del Constitucional, y han concretado que los tres magistrados que se posicionaron a favor de seguir adelante con el recurso fueron la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asúa, Fernando Valdés y Luis Ignacio Ortega, todos ellos de corte progresista, según informa Europa Press. La votación contaba con un total de 12 magistrados, tras la incorporación de los conservadores Antonio Narváez y Enrique López.

Otro de los preceptos en el que el Parlamento de Navarra observaba visos de inconstitucionalidad es la actuación de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en los casos en los que trabajadores y empresa no se pusieran de acuerdo en la aplicación de descuelgues del convenio, haciendo referencia a que los convenios de empresa pudieran tener prevalencia sobre el convenio sectorial.

Otros recursos

Con este rechazo, el Tribunal Constitucional trata por primera vez el debate de la reforma laboral, que tuvo lugar el pasado martes 27 de mayo, cuando se incluyó en el orden del día el examen del recurso de inconstitucional presentado en septiembre de 2012 por el Parlamento de Navarra contra la reforma laboral redactado por el magistrado Andrés Ollero.

El tribunal ha admitido también a trámite los recursos del PSOE y de Izquierda Plural por la vulneración de hasta 10 preceptos constitucionales en la reforma, aunque sin debatirlo. Las dos formaciones alegan que la reforma "altera sustancialmente el modelo democrático de las relaciones laborales".

El TC ya avaló en febrero la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente y la limitación en el cobro de salarios de tramitación en casos de readmisión que introdujo el decreto de la reforma laboral, y justificó además este procedimiento de urgencia. En esa ocasión, el tribunal apreció las circunstancias de urgencia y no consideró “ni abusiva ni arbitraria” la medida del Gobierno.

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