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España

El ex jefe de la Casa del Rey pide que se le absuelva en el juicio de las 'black' porque no cometió ningún delito

Rafael Spottorno el día que declaró en la Audiencia Nacional.

El que fuera jefe de la Casa del Rey con Juan Carlos I, Rafael Spottorno ha presentado su escrito de defensa de cara al juicio que se celebrará en la Audiencia Nacional por el caso de la ‘tarjetas black’ y en él el imputado sostiene que "no existe ni un solo indicio en la causa que permita sostener mínimamente ningún atisbo de conocimiento de que tal retribución fuera irregular o improcedente".  El usuario de la visa opaca se enfrenta a un pena de prisión de tres años solicitada por el Ministerio Fiscal.

En el citado escrito de defensa, al que ha tenido acceso Vozpópuli, Spottorno sostiene además que durante la instrucción llevada a cabo por el juez Fernando Andreu "no se ha acreditado ánimo defraudatorio por parte de aquellos beneficiarios de las tarjetas" opacas de Caja Madrid y Bankia.  

El imputado, que se enfrenta a un delito de apropiación indebida, gastó un total de 223.900 euros con su tarjeta black en su paso por la Fundación Caja Madrid. Entre algunos de los usos que dio a su visa consta la compra de artículos de Ikea, la confección de trajes de chaqueta a medida, estancias en hoteles de cinco estrellas, compras en múltiples supermercados, etc.

Sin embargo, en el documento Rafael Spottorno defiende que el saldo de dichas tarjetas, "como retribución que era, se podía disponer libremente por cada usuario" y que de ese saldo "podían disponer tanto mediante pagos directos por compras de productos y servicios como por extracciones de efectivo en cajeros automáticos".

Spottorno realizó con sus tarjeta black compras de artículos de Ikea, pasó la confección de trajes de chaqueta a medida y pagó estancias en hoteles de cinco estrellas

El abogado del ex jefe de la Casa del Rey añade además que "si el propio Ministerio Fiscal reconoce que la tarjeta de crédito autorizada por el presidente Ejecutivo del Consejo de Administración (Sr. Blesa de La Parra) y entregada al Sr. Spottorno por el Director de Medios (Sr. Sánchez Barcoj) era un sistema de retribución –salario, al fin y al cabo, coherente con su situación laboral–, es insostenible la acusación por el delito de apropiación indebida que realiza respecto a mi mandante como beneficiario de dicha tarjeta, que se limitó a aceptar y emplear la tarjeta de crédito para los fines para la que fue entregada, esto es, y como dice el Ministerio Fiscal, para usarla libremente como parte de su retribución".

Por otro lado, el letrado de Rafael Spottorno insiste en exculpar a su cliente ya que no era ni consejero de Caja Madrid ni miembro de la Comisión de Control de la entidad: "Si ese sistema retributivo estaba o no amparado por una norma, o en el contrato laboral que vinculaba a mi mandante con la Entidad, o si hubo algún tipo de irregularidad en cuanto a su puesta en marcha, ejecución y control, son cuestiones que en nada afectan a mi mandante, que no era Consejero, ni ocupaba ningún puesto en los órganos de representación o administración de la Caja".

El escrito de defensa concluye con la petición de absolución al tribunal: "Al no haber cometido el señor Spottorno el delito por el que se le acusa, solamente procede su libre absolución en este procedimiento, con el dictado de sentencia en tal sentido".

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