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España

El TS evita que un funcionario de prisiones vuelva a una cárcel: le cortó la coleta a un preso por ser "de maricones"

Un policía, a la entrada de una prisión.

El Tribunal Supremo rechaza rehabilitar en su puesto a un funcionario de Instituciones Penitenciarias expulsado tras ser condenado por haber cortado la coleta a un preso aquejado de esquizofrenia tras decirle que llevarla era "de maricones". La sentencia dada a conocer este martes por el alto tribunal subraya que no sería aceptable que quien despreció la dignidad de un recluso que estaba bajo su cuidado y atentó contra su integridad moral pueda recuperar su condición de funcionario.

El Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla había condenado a Juan Alfonso N.M. a seis meses de prisión y a inhabilitación especial para el empleo o cargo público por dos años, por un delito contra la integridad moral de un interno. Se vio privado de su condición de funcionario por unas resolución de la Subsecretaría de Interior de 20 de mayo de 2008.

"Si alguien dice algo, le rajo", espetó al resto de los internos 

En 2003, cuando trabajaba en el módulo 4 del Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, el condenado se dirigió a un interno aquejado de esquizofrenia paranoide "que llevaba el pelo recogido en una coleta y, tras tocársela, le dijo que eso era de maricones y que se la quitara", según reza la sentencia. Como el interno se negó, él le dijo que se la iba a cortar, a lo que el otro respondíó: "No tienes huevos". N.M. fue a su garita, recogió una navaja que tenía en su mochila, volvió a la sala, y le cortó la coleta. "Si alguien dice algo, le rajo", les espetó al resto de los internos, mientras se pasaba la mano por el cuello.

Expediente disciplinario

En 2010, cumplida la pena, se le concedió su reingreso como funcionario, hasta que el Ministro del Interior, en febrero de 2014, lo declaró nulo, a raíz de otro expediente disciplinario abierto contra el condenado por conducta presuntamente irregular con una funcionaria.

Tras esa decisión, el hombre pidió en marzo de 2014 su rehabilitación como funcionario, alegando que de 2010 a 2014 había prestado su labor de forma impecable tanto en oficinas como en contacto con la población interna, y que los hechos por los que fue condenado habían sucedido ocho años antes y que no causaron perjuicio ni perturbación a la Administración. El Supremo rechaza ahora su recurso: "No cabe de ninguna manera aceptar que los funcionarios a cargo de las instituciones penitenciarias se conduzcan con los internos de la manera en que el recurrente lo hizo", sostiene.

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