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España

El PSOE retira de sus listas al Congreso a la condenada por desobediencia a la Justicia

El presidente de Aragón, Javier Lambán, junto a Lorena Canales, concejal del PSOE en Sariñena.

La candidata propuesta por el PSOE de Aragón para ir de número dos por Huesca en las listas a las generales del 20-D, Lorena Canales, condenada por desobediencia a la Justicia, ha sido apartada finalmente por la Comisión Federal de listas, que celebró ayer la reunión donde terminó de perfilar las planchas. Según fuentes socialistas citadas por EP, fue la propia Canales quien retiró su candidatura el mismo viernes en que Ferraz pasaba el filtro a las candidaturas provinciales. 'Vozpópuli' informó el pasado 7 de octubre, antes que cualquier otro medio nacional, de que la delegación de los socialistas aragoneses había propuesto a Canales en segundo lugar por la circunscripción de Huesca pese a no encajar con el perfil regeneracionista que propugna la Ejecutiva de Pedro Sánchez. La advertencia de este medio parece haber surtido efecto.

La Comisión Federal de lista ha sustituido a Canales por Rosa María Gerbás, portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Sariñena (Huesca). La candidata apartada fue alcaldesa de este municipio y ahora ejercía de concejal en la oposición, compartiendo bancada con Gerbás. 

Asimismo, el citado órgano electoral del PSOE ha echado para atrás este viernes a otros cinco candidatos al Congreso y el Senado que les habían hecho llegar las federaciones territoriales. Son los casos del que era candidato a la Cámara Alta por Tenerife, Jonay Rodríguez, condenado por una falta de daños e injurias a un periodista, al que rayó el coche, y su suplente, Jaime Cejas, imputado por prevaricación. También aparecen las aspirantes al Congreso y el Senado que había propuesto el Comité Provincial de Orense, Laura Seara y Teresa Taboada, y el que fuera líder de los socialistas en Castilla y León Julio Villarrubia. Por su parte, el cabeza de lista por Guadalajara, Pablo Bellido, presentó su renuncia, igual que Canales, al estar imputado por estafa.

El Alto Tribunal confirmó en noviembre de 2012 la pena que había sido impuesta a Canales por el TSJA

El Código Ético del PSOE dice que todo candidato o cargo público, antes de acceder al ejercicio de cualquier responsabilidad, debe firmar una declaración en la que afirme no haber incurrido en delito alguno ligado a corrupción, violencia de género, delitos de acoso o discriminación, contra la libertad e indemnidad sexuales, torturas o contra la integridad moral, así como la comisión de hechos constitutivos de delitos graves.

La edil Lorena Canales cuenta en su historial político con una condena en firme, relativa a su etapa como regidora de Sariñena. El Alto Tribunal confirmó en noviembre de 2012 la pena que había sido impuesta a Canales por el TSJA. La dirigente socialista quedó inhabilitada "para el cargo de alcalde, concejal, y cualquier otro electivo análogo de cualquier Corporación local, así como para los honores anejos a los mismos, por tiempo seis meses". Además fue instada a pagar una multa de 1.080 euros y una indemnización de 16.009 euros al denunciante.

La acusación particular llegó a pedir ante el TSJA una inhabilitación especial para empleo o cargo público de nueve años por un delito continuado de prevaricación y de dos años por desobediencia. También solicitó cinco años de prisión e inhabilitación por falsedad documental. Finalmente, el tribunal autonómico sólo condenó a Canales por desobediencia, en función del artículo 410.1 del Código Penal.

Obligada por el fallo del TS, Canales dejó el acta de concejala en el Ayuntamiento de Sariñena en enero 2013, siendo entonces portavoz del grupo municipal del PSOE (ya gobierna el actual alcalde del PAR, Francisco Villellas Laín). Sin embargo, mantuvo su puesto como diputada en las Cortes de Aragón hasta las elecciones autonómicas del pasado mayo e incluso volvió a presentarse en las últimas municipales como cabeza de lista del PSOE en Sariñena.

Implicada en el 'caso de las granjas'

La desobediencia de Canales tiene su base en las trabas o dificultades que puso a la ejecución de unas resoluciones judiciales que beneficiaban a un ganadero, que ejerció la acusación particular. El denunciante decidió actuar contra la exalcaldesa socialista de Sariñena y su antecesor, Antonio Torres (PP), absuelto por el TS, al entender que le perjudicaron en la concesión de una licencia de explotación de una granja de porcino.

El ganadero pidió en su día una modificación de la licencia obtenida en febrero de 2003 a fin de convertir su granja de engorde de cerdos en una de cría. Sin embargo, tal petición, según reclamó el interesado, fue demorada intencionadamente en su tramitación, lo que permitió dar salida a otra licencia de actividad de otro vecino cuyo proyecto era incompatible con el suyo.

La aprobación de una segunda explotación de cebo a poco más de un kilómetro de distancia de su propiedad impidió al denunciante que prosperara su petición de construcción de una granja de cría, dado que la normativa medioambiental impide otras instalaciones porcinas a menos de dos kilómetros.

Las quejas de este ganadero fueron ratificadas en tres ocasiones en la jurisdicción de lo contencioso, cuya última sentencia, de marzo de 2010, obligó al Consistorio de Sariñena a rehabilitarle la licencia solicitada y a cerrar la explotación del vecino. Sin embargo, Canales no dio cumplimiento en un "plazo razonable" a dicha sentencia, por lo que fue condenada en el conocido como caso de las granjas.

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