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España

Panamá se negó hace menos de dos años a investigar al bufete Mossack Fonseca por el ático de González

Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid, en una foto de archivo.

La recién anunciada disposición del Gobierno de Panamá de prestar una "vigorosa y absoluta" colaboración a las autoridades españoles para investigar las sociedades opacas abiertas por ciudadanos españoles en el país centroamericano es un giro de 180 grados respecto a lo ocurrido hace menos de dos años con una sociedad 'fantasma' registrada, precisamente, con el bufete Mossack Fonseca & Co, epicentro del actual escándalo. Fue en el llamado 'caso Ático' que investiga el alquiler y posterior venta de un ático de lujo en Estepona (Málaga) al que fuera presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y su esposa. En julio de 2014, la juez que instruye la causa remitió a las autoridades del pequeño estado una comisión rogatoria para que le facilitase información sobre la sociedad 'fantasma' Waldorf Overseas Investments Ltd, creada por el polémico despacho de abogados bajo sospecha. La respuesta de Panamá fue inusitadamente rápida en este tipo de peticiones. En dos semanas respondió que no iba a colaborar porque los dos delitos que se planteaban en la petición, uno de fraude fiscal y otro de blanqueo de capitales, no eran suficientes para activar el mecanismo de colaboración. El pasado mes de marzo, la magistrada española volvía a requerir la ayuda del país centroamericano con el argumento de que en el caso se investiga ahora un nuevo delito, el de cohecho. Aún no hay respuesta.

La respuesta del país centroamericano fue inusitadamente rápida. En dos semanas rechazaba indagar sobre la empresa creada por el despacho de abogados bajo sospecha

Así consta en el sumario del 'caso Ático', al que ha tenido acceso Vozpópuli, y en el que se recoge el intercambio de documentos entre las justicias de ambos países y la mención expresa a Mossack Fonseca. El primero de ellos es el oficio que el Ministerio de Justicia español remitió al Gobierno panameño, en concreto a la Dirección Nacional para la Ejecución de Tratados de Asistencia Legal Mutua y Coorperación Internacional. En el mismo, el departamento que aún encabezaba Alberto Ruiz Gallardón se amparaba en el convenio de cooperación judicial firmado por España y Panamá en octubre de 1998 para dar traslado de la petición del Juzgado de Instrucción número 5 de Estepona. Una solicitud de se adjuntava y en la que la magistrada a lo largo de ocho folios detalla los datos que ya entonces constaban sobre la supuesta participación de dos empresas 'fantasmas' en la operación, Coast Investors Llc y Waldford Overseas Investments Ltd.

El documento judicial detallaba que la primera, a cuyo nombre figuraba el chalé bajo sospecha y de cuyas cuentas bancarias en EEUU salieron los fondos para adquirir en primera instancia la vivienda, era propiedad de la segunda. También añadía que esta úlitma era una "entidad mercantil inscrita en Panamá, gestionada por el bufete de abogados Mossack Fonseca & Co, para cuya inscripción actuaron de suscriptores las compañías Duncan Inc y Winsley Inc". "Debido a que la entidad Coast Investors Llc se trata [de] una entidad de la que se desconoce su actividad mercantil, su capacidad económica y quién pueda ser su último beneficiario o titular, con las medidas de investigación acordadas en el presente procedimiento penal se trata de acreditar ante la existencia de una estructura societaria ciertamente opaca, quién o quiénes sean las personas físicas que sean los dueños de la referida entidad y, por ende, de los inmuebles que la misma adquirió en la localidad de Estepona", añadía a continuación la magistrada.

"El organismo competente"

Por todo ello, la magistrada pedía al "organismo competente de Panamá" que le remitiera información sobre "los beneficiarios finales de la sociedad Waldorf Overseas Investments Ltd, sus representantes y/o administradores y de las cuentas bancarias existentes a su nombre, así como si es gestora de alguna otra cuenta en representación de alguna otra sociedad". También reclamaba datos sobre los movimientos de fondos realizados por ella. Además pedía que se le certificase quienes eran "los representantes legales de las empresas Dulcan Inc y Winsley Inc", las sociedades que registraron Waldfof y que aparecen relacionadas con Francisco Correa, presunto cabecilla de la trama Gürtel. Todo ello, recalcaba el escrito de la juez española, dentro de una investigación que abarcaba en aquellos momentos un delito contra la Hacienda Pública y otro de blanque de capitales.

Panamá justificó su rechazo en que el delito fiscal investigado por la juez de Estepona no existe en su ordenamiento judicial y el de blanqueo requiere de otro "precedente"

La petición de la magistrada llegó al país centroamericano el 29 de julio de 2014 y las autoridades panameñas sólo tardaron dos semanas en elaborar su respuesta. En un escrito de poco más de dos folios y fechado el 13 de agosto, Martha I. Gómez Solís, de la Procuraduría General, un organismo similar a nuestra Fiscalía, rechazaba de plano la petición española. En la carta, incorporada al sumario del caso Púnica en septiembre de aquel año, la responsable judicial del pequeño estado recalcaba en los primeros párrafos que "la República de Panamá puede reservarse el derecho a prestar o no la colaboración solicitada, en virtud de las limitaciones y requisitos que para cada diligencia contemple nuestro derecho interno, sin que por ello menoscabar el principio de reciprocidad internacional".

En este caso, aseguraba que la comisión rogatoria tramitada por España se centraba en delitos contra la Hacienda Pública, los cuales, recordaba, no se recogen en el ordenamiento del país. Sobre la segunda infracción penal en la que se basaba la petición de la juez de Estepona, la de blanqueo de capitales, sí admite que dicho delito era perseguido en Panamá, pero que al considerarse que el "delito precedente" era el fiscal, considera que en este caso tampoco se cumplía el requisito de "doble incriminación" y también lo rechaza como causa suficiente para colaborar. Una decisión que sustentaba tanto el convenio hispano-panameño de colaboración al que se refería la comisión rogatoria como a la Convención de Palermo, que también regula aspectos de la ayuda mutua judicial entre estados.

Desde entonces, y hasta el pasado mes de marzo, la vía panameña de investigación sobre el ático de Ignacio González había quedado cerrada. Sin embargo, el pasado 9 de marzo, la juez isntructora del sumario recogía una petición de la Fiscalía Anticorrupción y, en el auto por el que citaba como investigados al político, a su esposa, Lourdes Cavero, y al empresario Enrique Cerezo, ordenaba de tramitar una nueva comisión rogatoria al país centroamericano. El objeto de la misma es, de nuevo, recabar toda la información relacionada con la empresa 'fantasma' Waldford Overseas Investments Ltd, aunque en este caso la solicitud incluye una novedad. La magistrada deja claro que ahora se investiga un delito más aparte de los de fraude fiscal y Hacienda Pública: el de cohecho. Un detalle con el que pretende vencer las resistencia de Panamá a colaborar en pleno escándalo por los papeles de Mossack Fonseca, el bufete que creo la empresa clave en la compraventa del ático de González.

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