Quantcast

España

La juez Alaya vuelve a 'preimputar' a Chaves y Griñán en el caso ERE

La juez Mercedes Alaya.

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha dictado un auto en el que, "a los efectos del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", vuelve a comunicar "en calidad de imputados la existencia del procedimiento" a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a cinco exconsejeros, como son José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio, Francisco Vallejo y Antonio Ávila, todos ellos aforados.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada Mercedes Alaya vuelve a 'preimputar' a todos los aludidos después de que, la pasada semana, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla estimara el recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción y, por tanto, anulara, la resolución inicial en la que la juez los 'preimputaba'.

De este modo, el tribunal dejó sin efecto dicho auto para que dictara uno nuevo donde se concretaran y motivaran mejor los hechos que atribuye a los aforados mencionados, cosa que ahora hace la instructora sin tener en cuenta para ello, no obstante, las conclusiones del informe de la Intervención General del Estado incorporado a la causa recientemente, ya que su estudio "aún no se ha podido abordar" dado "su extraordinario volumen".

La juez comienza su auto dejando claro que "por imperativo legal se exponen los datos de mayor relevancia que se contienen en la presente causa y que pudieran relacionarse con los aforados designados", para a continuación precisar que, en el caso ERE, se analiza "desde la perspectiva del derecho penal "el proceso de concesión de subvenciones sociolaborales y ayudas a empresas llevado a efecto por la Dirección General de Trabajo desde el año 2000 hasta el primer tercio de 2011".

Todo ello se hizo "en virtud del programa 22E y más tarde 31.L., que habría supuesto la aplicación de fondos públicos en una cantidad aproximada a 700 millones de euros, y ello a través de la partida presupuestaria de transferencias de financiación a IFA/IDEA, quien se encargaría del pago de las mismas", dice la juez, que añade que esta "actuación continuada de concesión de ayudas al margen de lo establecido" se habría podido producir "gracias a la presupuestación también continuada de dicha partida de transferencias, primero a través de las modificaciones presupuestarias y luego a través de las propias leyes de Presupuestos".

Responsables de las modificaciones presupuestarias

Alaya precisa que todas las modificaciones presupuestarias "fueron aprobadas" por el Consejo de Gobierno, "constituido por el presidente de la Junta, Manuel Chaves, y el resto de los consejeros, a propuesta de la consejera de Hacienda, Magdalena Álvarez, salvo una relativa a Santana Motor que fue aprobada por ella". "La aplicación presupuestaria de destino no era adecuada de acuerdo con la clasificación del gasto, adecuación que constituye uno de los requisitos para que pueda autorizarse la modificación presupuestaria", precisa.

Asimismo, señala que los informes adicional y definitivo de auditoría de cumplimiento de 2003 de la Intervención concluyeron que la figura procedente para materializar desde el punto de vista administrativo y presupuestario la concesión de ayudas "es la subvención excepcional no reglada" y asevera que dichos informes "serían notificados" al consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, Francisco Vallejo, "cuya colaboración en la aplicación del sistema descrito de concesión de ayudas sociolaborales permitiría la continuidad del mismo desde que IDEA pasa a estar adscrita a dicha Consejería en 2004"; al consejero de Hacienda, José Antonio Griñán, a través de la viceconsejera, Magdalena Álvarez; al consejero de Empleo, Antonio Fernández; y al director gerente de IDEA, Miguel Ángel Serrano.

"A estos informes le seguirían otros de cuentas anuales y de cumplimiento de los ejercicios siguientes en los que la Intervención General de la Junta seguiría incidiendo en la absoluta ausencia de procedimiento y en sus consecuencias legales, los cuales seguirían el mismo régimen de notificación, salvo en el caso de la Consejería de Empleo", agrega la juez, que recuerda que el exinterventor general Manuel Gómez dijo en su declaración judicial que "sabía" que Griñán "no sometió formalmente el contenido" de dichos informes al Consejo de Gobierno, "pues recibía semanalmente todas las órdenes del día del Consejo".

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.