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España

Miguel Ángel Flores, condenado a cuatro años por la tragedia del Madrid Arena

Imagen del juicio de Madrid Arena, con Miguel Ángel Flores en primer término

Penas para Miguel Ángel Flores y los responsables de la Seguridad de la fiesta de Halloveen que terminó con cinco jóvenes muertas en el pabellón municipal Madrid Arena de Madrid. La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto la pena máxima de cuatro años de prisión al organizador de la fiesta, Miguel Ángel Flores y absuelve al responsable de la Policía Municipal Antonio Monteagudo, como se esperaba, pero también a los doctores Simón Viñals y su hijo Carlos.

El tribunal condena a Flores como autor penalmente responsable de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y de 29 delitos de lesiones, también por imprudencia grave. Le considera el máximo responsable de los hechos ocurridos en el 'Thriller Music Park’, celebrado en la madrugada del 31 de octubre al 1 de noviembre de 2012 en el pabellón Madrid Arena, según señala la sentencia.

 

En el fallo los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes -Belén Langdom, Cristina Arce, Rocío Oña, Katia Esteban y María Teresa Alonso- y las lesiones de otras 29 personas se produjeron como consecuencia del sobreaforo existente, puesto que en el recinto entraron alrededor de 16.600 personas. En algunos momentos durante la instrucción se llegó a decir que había más de 20.000 asistentes, algo que finalmente no ha quedado acreditado.

La entrada de público a la pista se derivó "a través de las puertas de emergencia"

El tribunal considera que la tragedia se produjo como consecuencia "del cierre de vomitorios y escaleras -con lo que se dificultó el tránsito de los asistentes por el pabellón- y de haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo".

Los magistrados inhabilitan a Miguel Ángel Flores, al que considera que actuó intentado conseguir en todo momento el máximo beneficio económico, para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos durante el tiempo de condena. En algunos medios se ha contado que Flores estaría trabajando para empresas del sector en los últimos meses. 

Condenas a los responsables de Madridec y Diviertt

La Sala considera también culpables de cinco delitos de homicidio por imprudencia y lesiones y condena a tres años de prisión al responsable de Madridec (Ayuntamiento de Madrid) Francisco del Amo. La misma pena cae al director general de Diviertt, la empresa de Flores), Santiago Rojo. A Miguel Ángel Morcillo, de Diviertt, y a Carlos Manzanares, de Kontrol 35 (empresa de seguridad), se les impone una pena de dos años, seis meses y un día de prisión. Todos estos condenados estarán inhabilitados "para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos y espectáculos durante el tiempo respectivo de sus condenas"

Como se esperaba la Audiencia absuelve a Emilio Monteagudo, jefe de Policía Municipal de la capital, "porque la precariedad del operativo policial que se dispuso el día de los hechos no tuvo influencia en lo sucedido". En el fallo los magistrados consideran que los condenados “no solo no evitaron los riesgos sino que los crearon y los permitieron” y "con sus acciones y sus omisiones infringieron los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento en el que se produjeron los hechos". 

Cada familia de las cinco jóvenes fallecidas percibirá una indemnización de alrededor de 350.000 euros

Cada familia de las cinco jóvenes fallecidas percibirá una indemnización de alrededor de 350.000 euros, mientras que para los 29 heridos las indemnizaciones varían entre 700 y 30.000 euros. Los magistrados consideran que los coordinadores de Seguriber Juan José Paris y Raúl Monterde son responsables en menor grado y les imponen una pena de multa (doce meses a una cuota diaria de 10 euros). También consideran que el responsable de seguridad Rafael Pastor cometió infracciones constitutivas de falta, que en la actualidad están despenalizadas, por lo que es absuelto, si bien debe responder, junto con todos los anteriores, del abono de las indemnizaciones a las familias de las víctimas y los lesionados. Las compañías de seguros también deberán responder de las indemnizaciones.

La condena a Flores 

Los magistrados entienden que ha quedado probado que Miguel Angel Flores, "con el ánimo de obtener el mayor beneficio económico", pese a conocer el aforo del Madrid Arena -10.620 personas- vendió por diversos cauces 16.492 entradas, sin contar las invitaciones. Esta situación fue lo que provocó un evidente riesgo para la integridad física de los asistieron a la fiesta. Cada planta tenía un aforo, pero el fallo señala que Miguel Ángel Flores no había establecido una diferenciación de la planta, lo que permitía libre acceso a cualquier zona del pabellón. Se podía subir y bajar a cada planta libremente. No quiso contratar los servicios de Seguriber para el interior del pabellón, lo que lógicamente reducía sus gastos y amentaba sus ingresos, según el fallo.

Tampoco pidió que se controlara el aforo de cada planta, ni la edad de los asistentes y añadió al montaje del espectáculo elementos que no se habían puesto en conocimiento del arquitecto para que se fijara el aforo. Cita entre estos el túnel del terror, una mesa de luces o barras de mayor tamaño de las que se habían proyectado en un principio. También dio instrucciones a los controladores para que realizaran actuaciones que perjudicaban el tránsito de los asistentes por el pabellón, como el cierre de vomitorios y escaleras, primando la protección de las estancias utilizadas por la organización y los artistas.

Por el portón donde se introducían las mercancías, inexplicablemente abierto, se colaron 3.000 personas en poco más de media hora

Los magistrados creen que queda acreditado que por el portón donde se introducían las mercancías, inexplicablemente abierto, se colaron 3.000 personas en poco más de media hora. “Cuando Miguel Ángel Flores comprobó la acumulación de personas que esperaban para entrar al pabellón entre las dos y las tres de la mañana -añade el fallo-, lejos de asumir el exceso de entradas vendidas y de impedir el paso de los asistentes, como era su obligación, modificó el lugar de acceso de los asistentes por Cota 11, utilizando para ello el portón de Cota 0 y las puertas de Muelle Mónico, que eran puertas de emergencia, entrando por dichos lugares al pabellón 3.000 personas en poco más de media hora”.

“Esto se realizó con absoluta imprudencia, sin ningún tipo de control del estado del interior del pabellón, y manteniendo el cierre de los vomitorios y de las escaleras, lo que produjo la inevitable acumulación de personas en los escasos lugares en los que podían transitar y salir de una pista en que, por la entrada de público en la forma expuesta, era imposible permanecer, siendo todo ello la causa de lo sucedido en el vomitorio central, tal como se ha expuesto y consecuencia de la conducta gravemente imprudente de Miguel Ángel Flores impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios”.

Los jueces consideran que las acciones y omisiones descritas de las que se considera responsable a Miguel Ángel Flores exigieron la participación de Santiago Rojo, Miguel Ángel Morcillo, Carlos Manzanares y Francisco del Amo, los que por lo tanto son igualmente autores de los referidos delitos.

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