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España

Rato, Mas y los Pujol ya no serán imputados: a partir de ahora serán "investigados"

Rodrigo Rato en su detención.

El Congreso de los Diputados aprobó este jueves la reforma de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, último trámite parlamentario antes de su entrada en vigor tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días. Se trata de la última modificación de unas de las leyes más antiguas del ordenamiento jurídico, ya que data del año 1882, que ha sido sometida desde entonces a más de una veintena de reformas.

Para el Gobierno, esta última modificación de la LECrim. es fundamental para "agilizar y modernizar" la Justicia y convertirla en una herramienta "más garantista" para los ciudadanos. Sin embargo, varios expertos juristas consultados por este periódico coinciden en señalar que estamos ante una reforma tímida que tan sólo hace poner "más parches" a una ley obsoleta que gobierno tras gobierno ha ido actualizando en las distintas legislaturas si bien ninguno ha sido capaz de llevar a cabo una "reforma integral" de la misma. 

La presente modificación de la Ley de Enjuciamiento Criminal contempla cambios en la figura del imputado, el fin de las 'penas de telediario' o limita los plazos legales de las macrocausas. A continuación, se analizan algunos de los principales cambios.

Desaparece la figura del imputado: En el texto legal aprobado por las Cortes se explica que la reforma tiene por objeto adaptar el "lenguaje de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los tiempos actuales y, en particular, eliminar determinadas expresiones usadas de modo indiscriminado en la ley, sin ningún tipo de rigor conceptual, tales como imputado, con la que se alude a la persona sobre la que tan sólo recaen meras sospechas y por ello resulta investigado, pero respecto de la cual no existen suficientes indicios para que se le atribuya judicial y formalmente la comisión de un hecho punible". 

En las próximas semanas los imputados dejarán de serlo y pasarán a denominase  investigados o encausados, dependiendo de la fase procesal de las distintas causa. El primero de esos términos –investigado- servirá para identificar a la persona sometida a investigación por su relación con un delito como, por ejemplo, ocurre con el presidente de la Generalitat, Artur Mas, el ex vicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato o con los miembros de la familia Pujol. Mientras tanto, con el término encausado se designará, de manera general, a aquel a quien la autoridad judicial, una vez concluida la instrucción de la causa, "imputa formalmente el haber participado en la comisión de un hecho delictivo concreto". No obstante, se mantienen los términos "acusado" o "procesado", que podrán ser empleados de forma indistinta al de encausado en las fases oportunas. 

El fin de las 'penas de telediario': La nueva reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal pretende acabar con imágenes como la de la tonadillera Isabel Pantoja saliendo del furgón policial tras ser detenida en la operación Malaya o la más reciente de Rodrigo Rato, siendo detenido en su domicilio ante los ojos de los medios de comunicación. Se introduce en la ley un artículo que dice "la detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio. Quienes acuerden la medida y los encargados de practicarla así como de los traslados ulteriores, velarán por los derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen de aquellos, con respeto al derecho fundamental a la libertad de información".

Límites de investigación de las macrocausas: La ley determina un plazo de instrucción de seis meses para las causas sencillas y 18 meses para las denominadas macrocausas, prorrogables ambos por igual periodo. La ampliación del plazo de investigación podrá ser solicitada por el Ministerio Fiscal, la acusación popular, acusación particular, defensa y Abogacía del Estado. Esta limitación temporal comenzará a aplicarse a los sumarios ya en curso, pero para el cómputo de los plazos no se tendrá en cuenta el tiempo ya transcurrido de instrucción. Es decir, el contador empezará de cero para los casos Gürtel, Púnica, ERE, Jordi Pujol Ferrusola o Bankia. 

Escuchas telefónicas y Whatsapp: El nuevo texto autoriza la intervención y registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realicen a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual. De esta forma, se regula por primera vez el registro y la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas como los SMS, el correo electrónico y los mensajes de Whatsapp siempre que se cuente con la previa autorización judicial. Además, el juez podrá autorizar la utilización de claves, códigos y un software de vigilancia troyano en un ordenador, teléfono móvil o dispositivo electrónico sin que el titular tenga conocimiento de que están siendo examinados.

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