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España

Decretan los primeros ingresos en prisión por saltarse la cuarentena reiteradamente

Imagen de archivo de una cárcel.

Jueces de toda España han empezado a decretar el ingreso efectivo en prisión de aquellos que se saltan reiteradamente la cuarentena. Son personas que en los 30 días de reclusión han acumulado ya multas, detenciones y condenas varias. Un vecino de Cáceres que incumplió las restricciones del estado de alarma en ocho ocasiones. Un hombre de A Coruña que salió a "repostar gasolina hasta cuatro veces diarias". Un habitante de Almería que ya había sido condenado por un delito de resistencia grave a la autoridad durante la pandemia. Todos han acabado en prisión, por su reincidencia, pese a que tenían penas inferiores a los dos años que podrían haberse quedado en suspenso, tal y como establece el Código Penal.

Según datos del Ministerio de Interior, unas 4.759 personas han sido detenidas por saltarse la cuarentena desde que se decretó el estado de alarma por el coronavirus. No todas han sido condenadas, pero algunas cuentan ya con varias sentencias en su contra.

El pasado 24 de marzo se daba a conocer el primer auto en el que se enviaba a prisión a un hombre que había incumplido la cuarentena en una decena de ocasiones y que, además, había tosido intencionalmente sobre agentes de la Policía. El Juzgado de Guardia de Reus (Cataluña) ordenó prisión provisional sin fianza por delito de resistencia y desobediencia grave a la autoridad. Aunque la actuación del acusado había sido reiterada hasta el momento de su detención, no contaba con sentencia alguna en su contra, como es el caso de varias personas que han sido puestas a disposición judicial recientemente.

Detenidos por incumplimiento de las medidas del estado de alarma

Reincidentes en prisión

Esta misma semana ha trascendido el caso de una mujer que tendrá que cumplir condena en la cárcel al acumular dos fallos en su contra por quebrantar la cuarentena. El Juzgado de Instrucción número 5 de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado el ingreso efectivo en prisión de la vecina de La Orotava. La mujer, de 45 años, ha sido condenada a ocho meses.

Aunque la pena no alcanza los dos años de cárcel, la juez ha enviado a la señora al centro penitenciario dado su historial. "La penada es reincidente habiendo sido condenada por idéntico delito el día 4 de abril de 2020, lo que permite prever como probable la comisión de nuevos delitos como el que es objeto de enjuiciamiento con el potencial riesgo contra la salud pública que ello supone", ha alegado la magistrada. 

Un vecino de Santa Cruz de Tenerife ingresa en prisión tras ser condenado por tercera vez por saltarse la cuarentena

Días antes, en el mismo Juzgado, se acordó el ingreso en prisión de un vecino de Santa Cruz de Tenerife de 37 años tras ser condenado por tercera vez por saltarse el confinamiento y haber obligado actuar a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en siete ocasiones. En el último fallo la pena alcanza los cinco meses de prisión por un delito contra el orden público en su modalidad de desobediencia grave a la autoridad. En total, tendrá que permanecer 17 meses recluido. 

Condenados en libertad

Si se tratara de una sola condena que alcanzara los 17 meses de prisión, la juez podría haber obviado el traslado al centro penitenciario. El artículo 80.1 del Código Penal permite a los jueces, mediante resolución motivada, dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años. Es decir, que aquellas personas que sean condenadas a tres o a 23 meses de prisión no tienen necesariamente que ir a la cárcel. 

El Código Penal permite a los jueces dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años

Tal y como ha subrayado el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Salamanca en una sentencia de este martes, "para adoptar esta resolución el juez o tribunal valorará las circunstancias del delito cometido, las circunstancias personales del penado, sus antecedentes, su conducta posterior al hecho, en particular su esfuerzo para reparar el daño causado, sus circunstancias familiares y sociales,...".

En el marco de dicha explicación, el magistrado ha concedido la suspensión de la ejecución de la pena al vecino de Castilla y León, condenado a cuatro meses de prisión por un delito de desobediencia grave a la autoridad. De reincidir, otro juez podría cambiar su destino y enviarle a cumplir su pena en un centro penitenciario.

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