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España

El fiscal presiona al juez Castro con un informe no solicitado que rechaza imputar a la infanta Cristina

La infanta Cristina saliendo del Hospital Quirón de Madrid

A la una menos cinco de la tarde, el fiscal de Palma, Pedro Horrach, entraba en el despacho del juez José Castro con dos escritos bajo el brazo: el primero había sido requerido por el magistrado y versaba sobre Camps y Barberá cuyas declaraciones se van a tomar entre hoy y mañana en Valencia. El segundo sorprendía al juez instructor del 'Caso Noos' porque nadie lo había pedido y, sobre todo, porque apenas media hora después de que lo recibiera, el Fiscal General del Estado desde Madrid lo remitía a todos los medios de comunicación de España a través de una nota de prensa incluso antes de que lo pudieran recibir las partes a las que todavía no se ha remitido el escrito.

La maniobra sorprende no sólo por el cómo –nadie había reclamado ese informe y se publicita antes de que lo reciban los abogados—sino también por el cuándo: el escrito del fiscal llega incluso antes de que Hacienda remita su informe de conclusiones finales, es decir, el Fiscal ya tiene conclusiones pese a no disponer de toda la información y, sobre todo, llega 48 horas antes de que declare uno de los testigos clave: uno de los notarios de Aizoon en Valencia.

El objetivo del informe es claro: presionar al juez para que no dicte la imputación de la hija del Rey y a los testigos en un momento clave, interpretan fuentes de la acusación. El Fiscal, sin embargo, se defiende a sí mismo y lanza un desafío en su escrito: “Si cualquier ciudadano tuviera indicios o constancia de una actuación ilícita de encubrimiento por parte de este Fiscal, debe acudir a las instancias correspondientes y denunciar dicho hecho. No hacerlo (…) equivale a ‘humo’”, concluye.

El fiscal defiende a la Infanta delito a delito

El Fiscal desmonta uno a uno los posibles delitos que el juez Castro ha sugerido que podría imputar a la hija del Rey, sin contar todavía con el informe de la Agencia Tributaria que debe pronunciarse sobre los mismos. Así, descarta dos grupos de actos ilícitos: la delincuencia económica y el blanqueo de capitales:

DELINCUENCIA ECONÓMICA

  • Prevaricación, fraude a la administración, falsedad documental, malversación de caudales y tráfico de influencias: El Fiscal defiende la inexistencia de indicios incriminatorios e imposibilidad de concretar hechos a imputar.
  • Levantamiento del velo: Horrach defiende que esa estrategia permite individualizar a Urdangarin como responsable y defiende que ni la contratación de personal doméstico de la sociedad, ni las facturas, ni presentación son indicios de delito por parte de la Infanta. “Doña Cristina de Borbón y Doña Ana María Tejeiro no participaban en la toma de decisiones estratégicas ni en la elaboración de proyectos, ni en su presentación y venta a potenciales clientes, ni tampoco en la determinación de los importes a facturar o de la identidad de quién facturaba y qué en cada momento”, concluye.

DELITO DE BLANQUEO

  • Delito de blanqueo: El Fiscal recurre a la doctrina que unifica el delito fiscal y el de blanqueo: para blanquear es necesario saber que el dinero es ilícito, defiende el Ministerio Público. Según el Fiscal, esa “exigencia del conocimiento del origen ilícito de los bienes” se descarta pese a la existencia de facturas de gastos personales, correos electrónicos y lo que describe como un “posible préstamo encubierto” que por haber ocurrido en 2004 habría prescrito.

Entre los indicios que anula el fiscal están también las advertencias de la Casa Real. En ellas “no se habla de ‘irregularidades’ y, mucho menos, de actividades delictivas. Es más, en el primer caso, la recomendación parece hacerse por razones de protocolo y estética institucional”, interpreta el Fiscal Pedro Horrach.

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