Quantcast

España

Díaz Ferrán, desde la cárcel: “¿Por qué no tengo capacidad para vivir en semilibertad?”

Gerardo Díaz Ferrán, expresidente de la CEOE, que cumple una condena de seis años y medio de prisión en la cárcel de Soto del Real, remitió el pasado mes de junio una nota manuscrita a su abogado, Carlos Pardo, en la que hace un repaso a su situación penitenciaria y arremete contra la última negativa de la junta de tratamiento de la prisión a clasificarle en tercer grado penitenciario. La denegación está fechada el día 15 del citado mes de junio, y en ella se señala que “en el interno se dan circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir, por el momento, en semilibertad”. Las revisiones de segundo a tercer grado se llevan a cabo cada seis meses, lo que demora hasta el próximo diciembre la siguiente reunión de la Junta de Tratamiento de la prisión para valorar de nuevo la evolución de grado.

En sus notas, Díaz Ferrán analiza su situación con el Reglamento Penitenciario en la mano. Así, señala que el artículo 105.1 del mismo establece que “los internos deberán ser estudiados individualmente”, pese a lo cual, señala, “desde el 5 de diciembre de 2012, que ingresé en Soto, sólo he hablado con el educador tres veces. La primera en diciembre de 2015, para decirme que me iban a clasificar en segundo grado y pedirme la firma, y las otras dos en este año de 2016, una para decirme que le firmara el papel de la denegación del permiso que pedí en diciembre de 2015, y la otra para darme la clasificación de segundo grado en la revisión efectuada el 15 de junio de 2016, y la denegación del permiso que solicité en abril de 2016”.

He hablado con el educador tres veces y solo he visto una vez, y diez minutos, a una psicóloga", se queja el expresidente de la CEOE

El expresidente de la CEOE replica la denegación afirmando que el artículo 105.2 del mencionado Reglamento Penitenciario establece que la decisión será motivada, lo que, en su opinión, no se da en su caso. “No se aporta en la notificación ninguna motivación que explique el por qué no tengo capacidad para vivir, por el momento, en semilibertad. ¿Por qué no tengo capacidad?, ¿a qué tipo de capacidad se refiere? (…) “Además de ver esas tres o cuatro veces al educador en tres años y medio –continúa el escrito de Díaz Ferrán-, y solo para que le firmara papeles que me entregaba de denegación de permisos, solo visto una vez, y diez minutos, a una psicóloga, que creo recordar se llama Rocío, y lo único que me dijo al mencionarle mi edad (73 años) es que ella no tenía en cuenta la edad para nada, que eso no era un tema a considerar. ¿Cuál ha sido el estudio individualizado? –se pregunta-, pues ¡ninguno!”.

“Según me dice el educador –continúa el escrito de Díaz Ferrán-, en la solicitud para que se produzca la resolución administrativa definitiva se debe hacer hincapié en mi edad y en las actividades, recompensas y comportamiento, y lo importante es que se haya producido la acumulación (de las distintas condenas), y el tema FIES (el empresario está incorporado al Fichero de Internos de Especial Seguimiento desde hace más de un año) ya quedaría para el recurso al juez de la Audiencia Nacional, al juez de Vigilancia Penitenciaria”. El hecho de figurar en dicho fichero dificulta también su clasificación.

Un escrito del subdirector general de Tratamiento y Gestión Penitenciaria del pasado 29 de marzo  justifica la inclusión del empresario en el FIES en el hecho de haber sido condenado “como autor de los delitos de blanqueo de capitales, integración en grupo criminal, alzamiento de bienes, alteración del precio de las cosas y delito contra la Hacienda pública, cometidos cuando ocupaba el puesto de presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales. El cargo de presidente de la CEOE trasciende para la opinión pública su condición de empresario, teniendo en cuenta el papel que la Constitución y la legislación laboral otorga a las organizaciones empresariales, equiparando de este modo su papel con el de un servidor público, y sus delitos económicos por los que aparece condenado, vinculados a la corrupción”.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.