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España

Mas no quiere que las vacaciones le perjudiquen el 27S: pide un prórroga para el voto por correo

El entrenador del Bayern Múnich, Pep Guardiola, votando en el 9N.

La Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad ha requerido este martes a la Junta Electoral Central una prórroga del plazo máximo de solicitud del voto por correo para los electores catalanes residentes en el extranjero para las elecciones del 27S, debido a simultaneidad con la temporada de vacaciones.

En una carta elaborada por la consejera de Gobernación, Meritxell Borràs, al presidente de la Junta Electoral Central, Carlos Granados, le pide una ampliación de este plazo, ya que coincide con el intervalo vacacional para muchos electores y la reducción de horarios y personal en algunos consulados y oficinas consulares de las embajadas españolas.

Los residentes temporalmente en el extranjero tienen que inscribirse en los consulados o embajadas hasta el 29 de agosto

Según la ley del régimen electoral general (Loreg), los residentes que se encuentran temporalmente en el extranjero tienen que inscribirse en el censo Erta en las oficinas de los consulados y embajada, momento en el que pueden solicitar el voto -tienen tiempo hasta el 29 de agosto-, y la documentación se enviará a su domicilio indicado hasta el 15 de septiembre y el voto se enviará por correo certificado hasta el 23 de septiembre.

En lo que se refiere a los electores que se encuentran permanentemente en el extranjero, se tienen que inscribir en el censo de residentes ausentes (Cera) y hacer la solicitud por Internet, correo o fax, y la documentación le llegará no más tarde del 15 de septiembre y para votar puede hacerlo por correo a la oficina o sección consular no más tarde del 22 de septiembre o depositar su voto en una urna en la oficina o sección consular entre el 23 y el 25 de septiembre.

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