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España

Los jueces cierran el debate que alimenta Bildu: Otegi no puede ser candidato porque sigue inhabilitado

Arnaldo Otegi con su abogado Iñigo Iruin.

Los representantes de las principales asociaciones judiciales de nuestro país no tienen dudas: el secretario general del Sortu, Arnaldo Otegi, no puede concurrir a las elecciones vascas del próximo 25 de septiembre porque está inhabilitado para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo hasta el año 2021 por sentencia firme del Tribunal Supremo en el caso Bateragune. 

Vozpópuli ha recabado las opiniones jurídicas de los portavoces de las asociaciones Francisco de Vitoria, Foro Judicial Independiente y Asociación Profesional de la Magistratura. El diagnóstico es coincidente: se debe respetar la decisión adoptada por la Junta Electoral que impide a Otegi presentarse a los comicios.

En el caso del portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la mayoritaria en la Carrera, Celso Rodríguez Padrón, es especialmente contundente al señalar que el fallo del Supremo sobre el secretario general de Sortu es "rotundo, irreversible, firme y deja poco espacio para interpretaciones". En su opinión, la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo es “un pronunciamiento firme que no admite la menor de las dudas" ya que dictamina que Arnaldo Otegi está inhabilitado para ejercer "cualquier cargo de elección popular de los previstos en el artículo 23 de la Constitución española". Rodríguez Padrón explica que, por esta razón, debido a que el Alto Tribunal le impuso una pena accesoria -la inhabilitación especial para ejercer el sufragio pasivo- el ex portavoz de Batasuna no puede concurrir a ninguna de las elecciones que se celebrarán en nuestro país hasta 2021.

La respuesta de la justicia "impecable"

Por su parte, el magistrado Conrado Gallardo, portavoz del Foro Judicial Independiente, sostiene que la interpretación que ha tratado de hacer la defensa de Otegi sobre la citada pena de inhabilitación -diciendo que ésta se extingue cuando se cumple de forma íntegra la pena de prisión- es una interpretación que no tiene "ninguna base jurídica", ya que en todos los casos similares la justicia se ha pronunciado en el mismo sentido que con el líder de la izquierda abertzale.

"Hasta ahora no se había cuestionado nunca como se debían interpretar las penas de inhabilitación especial porque lo cierto es que la ley es muy clara en ese aspecto", remacha Gallardo. Además, desde FJI se defiende que la respuesta que la justicia está dando en estos momentos a Otegi es "impecable" ya que en todos los supuestos se actúa igual sea quien sea el afectado. 

Por otro lado, el magistrado Raimundo de Prado, portavoz de la asociación Francisco de Vitoria, sostiene que lo más importante es que se respete el sistema jurídico y las decisiones que en este caso adopten la Junta Electoral, el Juzgado de lo Contencioso y el Tribunal Constitucional. Asimismo, De Prado considera que este tipo de situaciones son "bastante habituales", se producen con distintos procesos electorales, siendo lo importante que no se hagan distingos con la solución que la justicia da a este tipo de conflictos "sea el afectado el ex portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, o un concejal de cualquier pueblo". "Todos deben recibir el mismo trato", asegura De Prado a la par que añade que en el caso de Otegi el Supremo ha sido muy claro sobre su inhabilitación sosteniendo "expresamente" que no puede ser candidato hasta el año 2021.

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