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España

Botella se ahorra 600 euros: la Junta Electoral cree que no se saltó la ley con la 'Operación Asfalto'

Ana Botella, en una imagen de archivo, durante la presentación de la candidatura de Madrid 2016

La alcaldesa de Madrid, Ana Botella, se va a ahorrar 600 euros tras ganar un recurso a la Junta Electoral de Zona. Poco antes de las elecciones europeas, esa junta acordó imponer a Botella la mencionada sanción por participar en el acto de inauguración de la 'Operación Asfalto', una campaña que se realiza habitualmente para mejorar el estado de las calles de la ciudad. Este organismo consideró que la alcaldesa había realizado "actos publicitarios de campaña electoral relativos a la inauguración de obras y servicios", saltándose la Ley Electoral.

La denuncia fue hecha por el Partido Socialista, que consideró que la participación de Ana Botella era un acto de propaganda durante la precampaña electoral de las europeas por lo que requirió a la Junta Provincial.

Botella recurrió y la Junta Electoral Provincial ya decretó la nulidad de la sanción impuesta "por falta de competencia de la la junta Electoral de Zona". La alcaldesa interpuso recurso de alzada en el que entraba en el fondo de la cuestión considerando que los actos no eran objeto de sanción.

La instructora consideró que debía archivarse el expediente sancionador "al no revestir los hechos imputados el su día carácter de infracción electoral". En los fundamentos de derecho se rechazan las alegaciones invocadas en relación con el procedimiento al no haberse producido indefensión alguna.

Sin embargo, sobre la cuestión de fondo señala que los hechos objetos de la sanción se contraen, no a la inauguración de obras y servicios, sino a la mera asistencia de la interesada en su condición de alcaldesa al inicio de la campaña de asfaltado y mantenimiento de las calles de la ciudad.

Añade que esta es una actuación de carácter ordinario y periódico "dentro de sus propias competencias, sin que por ello quepa incardinar la conducta desplegada en los supuestos objeto de tipificación  del referido precepto". Por todo ello, la Junta acuerda estimar la solicitud de nulidad de actuaciones y anular la sanción impuesta de 600 euros.

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