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El Liberal - Opinión

Tras la sentencia movilizaciones y medidas de gracia

Protestas en el aeropuerto de El Prat

Conocida la sentencia, en la que destaca su dureza y la voluntad del T.S de blindarla ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, lo que toca es analizar las reacciones y sus consecuencias a corto y medio plazo.

Hasta el momento de escribir esta crónica, primera hora de la tarde de este lunes, las movilizaciones han sido menores de lo esperado y se han concentrado en el corte de vías de comunicación y en tratar de colapsar Barcelona. Formadas básicamente por estudiantes y CDR,  bajo la mirada poco cómplice de los transeúntes. A última hora de esta tarde pueden darse episodios más violentos.  La ocupación del Aeropuerto es la pieza codiciada. El ejemplo de Hong Kong es muy querido por el independentismo. Es la joya de la corona para el independentismo y por eso se están centrando todos sus esfiuerzos en conseguir ocuparlo. Si lo logran  y paralizan de forma duradera su operativa habrán conseguido un éxito simbólico.  

Las reacciones se han adecuado al guion previsto: injusticia, venganza, represión han sido los calificativos independentista. Respeto a los Tribunales, los actos tienen consecuencias, resumen la posición de los constitucionalistas.

En resumen, entre el independentismo parecen imponerse las tesis de ERC y parte del PDcat, los pragmáticos que se  reunieron en Poblet,  consistente en movilizarse, denunciar, pero sin cruzar el Rubicón de actos de violencia que puedan llevar al Gobierno español a actuar. No quieren la intervención de la Generalitat, algo que no ve con malos ojos Puigdemont que así vería revalorizado su papel de ‘gobierno en el exilio’. El tema nuclear, la actitud de los Mossos, es de colaboración, no entusiasta, pero cumpliendo los mínimos indispensables. Pero cualquier incidente puede cambiar la dinámica.

El aeropuerto de El Prat es la joya de la corona para el independentismo y por eso se están centrando en sus alrededores todos los manifestantes.

Medidas de gracia 

Las medidas de gracia ocupan todas las conversaciones. Los independentistas reclaman una amnistía, de difícil encaje constitucional, que algunos juristas ven posible en el marco de un cambio  constitucional que contemplara la secesión. Cabe descartar esta opción, aunque algunos la reclaman por la puerta trasera, modificando el código penal en relación con el delito de sedición.

El presidente del Gobierno en sus declaraciones de hoy parece cerrar la puerta a la medida más plausible: el indulto. Ha declarado: “El acatamiento a la sentencia implica su integro acatamiento” pero una vez pasadas las elecciones puede cambiar de opinión.

Como en casi todos los temas el debate puede simplificarse: a favor o en contra, sin matices. En campaña electoral es casi imposible un debate sereno. Pero cuando llegue el momento, el tema debe ser tratado con la complejidad que comporta, sin simplificaciones en favor o en contra.

Antes de expresar mi punto de vista conviene recordar el sentido del indulto y su regulación legal. Su ley reguladora es de 1870 y fue modificada en 2015. El indulto es una medida de gracia que comporta el perdón de la pena, total o parcial, no se extiende a la responsabilidad civil y costas procesales, exige sentencia firme, y se distingue de la amnistía en que esta cancela el delito.

En última instancia es una prerrogativa del Gobierno  y no puede ir en detrimento del prestigio de los tribunales. Por ello debe ser razonado y basarse en motivos que no cuestionen la adecuación a la ley de la sentencia. La doctrina vincula el indulto a la reinserción del condenado, a su compromiso de no volver a delinquir.

En el caso del llamado juicio al procés, los condenados, podrían obtener un indulto total o parcial, por ejemplo de las penas de cárcel, pero no de las de inhabilitación, y podría afectar a todos los condenados o sólo a aquellos que se comprometieran a no volver a cometer el delito por el que han sido condenados.

En mi opinión, un indulto en un caso como el que nos ocupa sólo puede fundarse en motivos de interés general. Sin duda, la reconciliación entre catalanes sería una buena razón.

El Gobierno de turno habrá de valorar si el indulto ayuda al objetivo de la reconciliación, a la normalización de la vida política o, al contrario, es percibido como una muestra de debilidad, de impunidad, de sometimiento a intereses coyunturales o al pago de favores políticos. Para que sea un acto en favor de la reconciliación, el indulto no puede ser un acto unilateral del Gobierno sin contrapartida alguna. Debe servir realmente a la reconciliación de la sociedad catalana. Por ello, cualquier potencial indultado, además de la aceptación de la legalidad y la renuncia a volver a conculcarla, sería preciso que condenase y combatiese cualquier tipo de violencia en Cataluña. Que dejen de pedir a los CDR que aprieten, que se deje de acosar a los disidentes y de impedir la libertad de expresión.

Ya he dicho que el indulto no puede ser un signo de debilidad, una descalificación de los tribunales, una patente de corso que favorezca la reiteración delictiva. En Cataluña, como en todas partes, una parte de la población se adhiere al que cree más fuerte. La historia nos da muchos ejemplos. Una de las bazas del nacionalismo catalán es hacer creer, pase lo que pase, que siempre gobernarán en Cataluña. A más credibilidad, objetivo verdadero de los líderes independentistas y de los poderosos que les prestan apoyo o les cubren la retirada, menos posibilidades de que la situación mejore.

Ahora que tanto se habla de la necesidad de un relato alternativo al secesionista, el constitucionalismo ni puede reforzar el independentismo con un indulto total e incondicionado, ni permitir su victimismo no ofreciendo una reconciliación verdadera. Por ello se ha de hablar de indulto y dejando claro el alcance y las condiciones. No se trata de que los independentistas renuncien a sus ideas, pero sí que se sometan al Estado de derecho y que reviertan la muerte progresiva de la democracia en Cataluña.

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