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Economía

Por qué la sentencia del TJUE no obliga a la banca a pagar todos los gastos hipotecarios

Firma de una hipoteca

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el pago de los gastos hipotecarios que se dio a conocer el pasado jueves ha sido bien acogida por las asociaciones de consumidores y usuarios, pese a que el sector bancario descarta que vaya a tener un impacto significativo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que solo se puede negar la devolución a los clientes de los bancos de todos los gastos hipotecarios incluidos en una cláusula abusiva si así lo estipula previamente la legislación nacional.

Sin embargo, según explica a Vozpópuli Jesús Alfaro, profesor de Derecho Mercantil en la Universidad Autónoma de Madrid, las informaciones que se han publicado en algunos medios a raíz de la sentencia no eran correctas, ya que en ellas se afirmaba que los bancos tenían que devolver todo el dinero de los gastos cuando, apunta, no es así. 

"Lo único que dice es que los gastos que genere el préstamo hipotecario (los de constitución de la hipoteca, notario, registros, impuestos, etc.) los tiene que pagar aquel que diga la ley que los tiene que pagar, es decir, en unos casos son a cargo del banco, en otros es el cliente y en otros casos se reparten a la mitad", señala Alfaro, que cree que "se ha mandado un mensaje falso, interesadamente, sobre el significado de la sentencia". 

"Se crea una laguna en el contrato"

El profesor celebra la "sensatez" del TJUE en su resolución. "El TJUE había dicho en sentencias del año 2016 y 2018 una cosa que a mi juicio es una barbaridad: que cuando se declara abusiva una cláusula y se anula, entonces no se sustituye por nada", apunta. Es por esto que, explica, el TJUE se equivocó al eliminar la cláusula abusiva, ya que "se crea una laguna en el contrato", en este caso sobre quién debe pagar los gastos. "Hay algo que debe regularse y no lo está. Hay que rellenar la laguna recurriendo a normas legales que digan eso", añade. 

"Eso fue una barbaridad que dijo el TJUE en el 2016 y que ha tardado cuatro años, con dos sentencias de por medio, en rectificar. Por lo que creo que esta sentencia es importante es por eso, por esta rectificación", asegura Alfaro.

En conversación con este diario, el profesor lamenta las noticias publicadas estos días a raíz de la sentencia en las que, defiende, "han tratado de decir que el Tribunal Supremo se ha equivocado, que ha sido otro varapalo" cuando en realidad el tribunal europeo le está dando la razón.

A raíz de este dictamen y las noticias también el notario Segismundo Álvarez, patrono y editor de Hay Derecho ha querido pronunciarse. "Lo cierto es que la sentencia dice exactamente lo contrario", apunta sobre los titulares de la prensa publicados el jueves afirmando que la banca debía abonar todos los gastos. La anulación de la cláusula "justifica la aplicación de las disposiciones de Derecho nacional que puedan regular el reparto de los gastos. Exactamente lo que decía el Tribunal Supremo en sus últimas sentencias sobre gastos", añade. 

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