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Economía

Qué novedades incluye el Real Decreto de alquiler que ha agitado al sector inmobiliario

Cartel de alquiler de una vivienda.

El Gobierno ha aprobado este viernes un nuevo real decreto-ley con medidas urgentes en materia de alquiler que establece que el precio del alquiler se tendrá que actualizar de acuerdo al IPC, los plazos se amplían de 3 a 5 años (y a 7 cuando el arrendador es una empresa) y se incrementa también el periodo de preaviso para cuando el inquilino quiere dejar la vivienda (a 2 meses) o el arrendador quiere recupere su casa (4 meses). 

El nuevo decreto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado, no estipula la posibilidad de limitar precios, pero sí "plantea un índice de precios que podrán utilizar las comunidades autónomas para hacer política fiscal dentro de su competencia", según ha explicado el Ministerio de Fomento. 

Este índice tendrá que elaborarlo el Ministerio de Fomento del próximo Gobierno en el plazo de 8 meses, será independiente al que diseñe el Instituto Nacional de Estadística (INE) y se actualizará anualmente. 

Otra medida que no incluirá el decreto, tal y como se preveía, era la bonificación de hasta el 80% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) aunque sí se establece una bonificación del 95% en el IBI para las viviendas que tengan su renta limitada por alguna norma jurídica, como viviendas protegidas. Se elimina además el Impuesto de Transmisiones en los alquileres de vivienda habitual.

"Hemos pensado plantear algo más genérico, que sean las comunidades autónomas y los ayuntamientos los que decidan su política autonómica de acuerdo a su capacidad fiscal", han precisado.

Medidas que afectan a inquilino y arrendador

La nueva legislación establece un incremento de la prórroga obligatoria de 3 a 5 años (y a 7 años si el arrendador es una persona jurídica), una medida que según Fomento no disuadirá a los propietarios de poner en alquiler su vivienda. Transcurrido ese periodo, se amplía también la prórroga tácita de 1 a 3 años. 

"No hay datos que avalen que pasar de 3 a 5 años desincentive la oferta porque cuando se pasó de 5 a 3 años no se incrementó la oferta. El peso del alquiler en el mercado de la vivienda no aumentó", han señalado fuentes del Ministerio.

Afirman además que como los fondos de inversión disfrutan de "un trato fiscal más favorable" es necesario "equilibrar" la situación con los propietarios individuales aumentando el plazo para ellos, a lo que se suma la voluntad política de cumplir con los requisitos de Podemos, explica Fomento.

Otro cambio es la ampliación del plazo con el que tanto inquilino como arrendador deben avisar en caso de querer abandonar la vivienda o recuperarla. El inquilino deberá avisar con 2 meses, mientras que el arrendador tendrá que avisar con un plazo de 4 meses para no renovar el contrato. 

Los propietarios no podrán pedir más de 2 meses de fianza, ni subir la renta más que el IPC

El real decreto establece también un límite para las garantías adicionales que puede exigir el arrendador cuando no se fía de la capacidad de pago o solvencia del inquilino, que no podrán en ningún caso superar los dos meses de mensualidad. 

La renta no podrá subirse más que lo que se incremente el IPC mientras esté vigente el contrato, si se rompe y vuelve a firmarse el incremento podrá ser el que considere el propietario. Si el inquilino y el propietario acuerdan que se van a realizar mejoras en la vivienda durante la permanencia del contrato, se podrá subir el precio de la renta. 

En caso de que el arrendador sea una persona jurídica (empresa o autónomo) los gastos de gestión inmobiliaria y formalización correrán a su cargo. 

Además, se "blinda" la posibilidad de subrogación en caso de que fallezca el inquilino en favor de determinados "perfiles vulnerables (menores, discapacitados y mayores de 65 años)", y "se facilitan en las comunidades de propietarios las obras de accesibilidad y se obligan cuando existen importantes ayudas públicas, superiores al 75%".

El Gobierno también quiere con esta norma mejorar la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado en los supuestos de vulnerabilidad y se mejora y agiliza el procedimiento. 

Deberes para el próximo Gobierno

Este real decreto-ley, que se aprueba en el último Consejo de Ministros de la legislatura, deja deberes para el próximo Ejecutivo que salga de las urnas el 28 de abril, al que le da el mandado de presentar en plazo de 8 meses un programa para incentivar la oferta de viviendas en alquiler asequible.

"Lo que le decimos al próximo Gobierno es: Usted tiene que en 8 meses presentar un plan para incrementar la oferta de viviendas en alquiler"

En este periodo el Ministerio de Fomento tendrá que diseñar un índice nacional de precios, que se pondrá a disposición de ayuntamientos y comunidades para que tomen la política fiscal que consideren.

Además, estipulan una "información mínima" que deben recoger los Depósitos Autonómicos de Fianzas, en aquellas comunidades en las que existen.

El decreto permite que una comunidad de vecinos pueda limitar el número de viviendas del inmueble que se dedican a uso turístico así como la posibilidad de asignarles más gastos comunes, siempre que cuenten con el voto favorable de 3/5 de los propietarios.

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