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Economía

Ley Guindos: los jueces ya perdonan deudas de 3 millones a empresarios

Los jueces están dictando condonaciones de deuda récord en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015

Luis de Guindos
Carlos Solchaga, Pedro Solbes, Elena Salgado, Nadia Calviño y Luis de Guindos, en la celebración de los 40 años de la Constitución.

A los siete años de su aprobación, la Ley de Segunda Oportunidad que promovió el entonces ministro de Economía del Gobierno de Mariano Rajoy, Luis de Guindos, hoy vicepresidente del Banco Central Europeo, está logrando cancelaciones de deuda históricas en España. Dos autos de mayo han exonerado de deudas de casi 3 millones de euros, cuantías récord, a dos empresarios que se había visto arrastrados al asumir de manera personal la deuda de su propia empresa, lo que les permitirá dejar atrás la condena a ser insolventes de por vida y emprender proyectos.

Hasta el año 2015, el ordenamiento jurídico no daba solución a estas personas, y Ley de la Segunda Oportunidad, una de las reformas de la Ley Concursal que aprobó el Gobierno de Rajoy lo hace para personas naturales, que pueden acogerse a dicho procedimiento y cancelar sus deudas de manera total y definitiva.

La mayoría de los procesos de segunda oportunidad que se han tramitado afectan a deudas totales de entre 15.000 y 30.000 euros.

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dictado auto el 17 de mayo, al que ha tenido acceso Vozpópuli, que cancela la totalidad de la deuda que un empresario autónomo había asumido de su empresa mediante avales personales por un importe total de 2.941.736 euros. La empresa cuyas deudas avalaba se dedicaba a la importación de teléfonos móviles.

Entre los acreedores, un pool de seis bancos, liderados por CaixaBank, con el pasivo más voluminoso, de casi 1 millón, seguido por BBVA, Santander, Deutsche y Bankinter.

Tal y como explica el abogado que ha asesorado al empresario, Gonzalo Magallares García, de aceroladeuda.es, es bastante habitual en el tráfico mercantil que una sociedad en dificultades, incluso en concurso de acreedores, arrastre a sus administradores y socios cuando estos asumieron de manera personal la deuda de su propia empresa, mediante avales personales.

"La normativa concursal para empresas se aplica -con algunas adaptaciones- a los concursos de persona natural", manifiesta el letrado. "De hecho, quienes se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad son personas que se van a declarar en concurso de acreedores, lo que antiguamente se conocía como quiebra", añade.

Magallares explica que a dicho proceso puede acogerse cualquier persona, ya sea autónomo o padre de familia asalariado, tenga o no bienes. "El proceso está al alcance de todas las personas que sean insolventes, o dicho de otro modo, tengan dificultades para llegar a fin de mes. Hay que cumplir unos mínimos requisitos e intentar llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. Si no se logra, se puede acudir a la cancelación total de la deuda", explica.

En concreto, el intento de pagar parte de esa deuda otorga la condición de buena fe al deudor y, por tanto, permite pedir el perdón del 100% de las deudas al final del proceso.

Este auto se suma al del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Valencia del pasado 9 de mayo, que ha concedido la exoneración de 2.977.586,25 euros a un empresario de la construcción al que ha asesorado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

En 2009, cuando estalló la crisis inmobiliaria, la empresa presentó concurso de acreedores voluntario. No obstante, el proceso de extinción finalizó en 2015.

Entre las 25 entidades acreedoras, la deuda más alta, de 322.014,31 euros, pertenecía a Intrum, una compañía de servicios de gestión de crédito y activos inmobiliarios, aunque también estaban CaixaBank, Banco Pastor, Banco de Valencia o Unicaja. En este caso había crédito público, con la Agencia Tributaria y la Diputación Provincial de Valencia.

Nueva reforma concursal cuando vence la moratoria

Las Cortes tramitan ahora mismo una nueva reforma concursal que el Gobierno se ha comprometido con Bruselas a aprobar antes del 30 de junio en el marco del Plan de Recuperación en la que se adapta a la Directiva de 2019. Los grupos han presentado más de 600 enmiendas y muchas tratan de quitar los privilegios del crédito público que el texto ha rebajado de manera mínima.

El 30 de junio también vence la moratoria concursal en vigor desde marzo de 2020 que el Gobierno ha ido prorrogando, lo que ha generado críticas del sector y de expertos. Ahora mismo, puede generar una ola de concursos que no llegaría a ser una avalancha que colapse por completo los juzgados, según fuentes conocedoras.

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