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Economía

El juez Velasco se resiste a dejar la Audiencia Nacional y habla de fraude procesal

El juez Eloy Velasco.

Gresca en las más altas instancias judiciales del país. El juez Eloy Velasco se resiste a abandonar la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y sostiene que la pretensión de quien así lo insta constituye "fraude procesal".

En un escrito de alegaciones enviado este mes por el magistrado a la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Velasco se opone a la solicitud de la juez Manuela Fernández Prado de que tanto él como Enrique López sean apartados de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. 

El Tribunal Supremo dictó el pasado mes de abril sentencia anulando los nombramientos de los jueces Velasco y López como titulares de la conocida como la Súper Sala (es ahí donde se controlan todas las sentencias de la Audiencia Nacional).

En casos como Gurtel, la ideología supuesta de los jueces que componen la Sala de Apelación genera polémica

La ideología supuesta de los magistrados que componen dicha Sala genera suspicacias sobre sus decisiones. Para casos como Gurtel, por ejemplo, que en la Sala de Apelación se mantengan como magistrados Velasco y López, a los que se identifica con una posición política conservadora, puede ser objeto de polémica.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó el 16 de mayo el nombramiento de Ángel Luis Hurtado Adrián y Manuela Fernández Prado como magistrados de la Sala. 

Pero también acordó adscribir a los jueces Eloy Velasco y Enrique López a la misma, debiendo concursar para obtener plaza en propiedad, lo que ha sido recurrido por la juez Fernández Prado, y también por la Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia y la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.

Velasco sostiene que la adscripción de él y de López a la Sala no ha sido objeto del procedimiento

El juez Eloy Velasco indica en su reciente escrito al Supremo que el destino al que deben adscribirse tanto él como López no ha sido objeto de discusión en el procedimiento, ni se reflejó en el fallo. Afirma que lo solicitado por la juez Fernández Prado carece de legitimación, y que pretende "fraudulentamente", discutir "un acto administrativo de adscripción, que no tiene relación con lo resuelto en sentencia".

"Pretender la discusión de una posterior adscripción mediante la presentación de un llamado escrito de ejecución de sentencia, es un fraude procesal", subraya en sus alegaciones Eloy Velasco. Además indica que son "numerosos los casos" en que el CGPJ ha resuelto de forma similar.

Asociaciones de jueces

La Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia y la Asociación Judicial Francisco de Vitoria presentaron el pasado día 10 de junio recurso de reposición ante el CGPJ contra la decisión del organismo de mantener como adscritos a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional a los jueces Eloy Velasco y Enrique López.

"Todos los magistrados de España tienen el derecho legítimo a que las vacantes salgan a concurso", dicen las asociaciones

"Si se perpetuara el criterio seguido respecto de los nombramientos de los Señores López y Velasco, se produciría un evidente perjuicio para todos los miembros de la Carrera", advierten en dicho escrito. Explican que en el caso de que alguno de los miembros titulares de la Sala cesara en sus funciones, "la plaza no saldría a concurso sino que se adjudicaría directamente a alguno de ellos (...)".

Las asociaciones subrayan en su recurso del mes pasado que "pese a existir una sentencia del Tribunal Supremo que declara la nulidad de los nombramientos de los Señores López y Velasco", no solo ambos permanecen en dicha Sala, sino que también "tienen unas expectativas más que fundadas de llegar a adquirir la condición de magistrado en 'propiedad'".

Lo anterior, añaden, "provoca un perjuicio evidente a todos los miembros de la Carrera Judicial cuyas expectativas, en su conjunto, se ven frustradas, ya que todos los magistrados de España tienen el derecho legítimo a que las vacantes salgan a concurso".

Además destacan que la sentencia del Supremo "no se ha ejecutado debidamente" y que el acuerdo de adscripción de Velasco y López a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional "no se basa en precepto legal alguno e incluso vulnera lo dispuesto en la propia LOPJ".

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