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Economía

El Gobierno cambia la ley para penalizar más a la banca 'imprudente'

Luis de Guindos, ministro de Economía y Competitividad.

Los bancos españoles tendrán que sumar, para el año 2024, una aportación conjunta de 11.700 millones de euros al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y al nuevo Fondo Nacional de Resolución. Además, aquellas entidades que incurran en mayores desequilibrios o cuya política de riesgos sea menos prudente tendrán que hacer las mayores aportaciones a ambos organismos.  

Así, a modo de ejemplo, para dos entidades que tengan ambas un mismo volumen de activos, a partir del año que viene tendrá que hacer mayores aportaciones a los fondos aquella que haya invertido en mayor proporción en derivados financieros, mientras que aquella que lo haya hecho en depósitos a la clientela pagará menos. Las aportaciones de este año serán provisionales, ya que el criterio definitivo se determinará a lo largo del año que viene, a medida que se vaya desarrollando el mecanismo único de resolución europeo.

El cálculo, no obstante, se basará en indicadores objetivos, según fuentes del Ministerio de Economía. Será una comisión creada a tal efecto la que determinará, por ejemplo, si la inversión en crédito a promotores inmobiliarios es una inversión de riesgo o no.

Este viernes el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión, que amplía y desarrolla la ley ya aprobada a inicios de año. Entre otras cuestiones, obligará a la banca a presentar, entidad por entidad, planes de recuperación y de resolución. Éstos estarán destinados a prever y prevenir soluciones y medidas a tomar por parte de los bancos en el hipotético caso de que su solvencia se vea deteriorada. Todos los planes tendrán que ser supervisados por el Banco de España (o por la CNMV en el caso de garantía de valores).

El Gobierno ha decidido dar libertad a las entidades para que presenten sus primeros planes de recuperación y resolución sin una fecha límite determinada, si bien el mecanismo único de resolución europea los exigirá el año que viene. Las entidades, a falta de los detalles publicados este viernes, llevaban semanas trabajando en ellos. 

Un 1,8% de sus depósitos garantizados

Una de las bases sobre las que se asienta el proyecto de unión bancaria será el mecanismo de resolución único. Éste será el encargado de tomar las medidas necesarias para resolver los problemas de las entidades europeas cuya situación se vea seriamente deteriorada. Una de las prioridades de este nuevo sistema será la de impedir cualquier coste al contribuyente, la estrategia conocida como bail-in (algo así como rescate interno, en contraposición al bail-out). Es decir, que serán los inversores (bonistas y acreedores en general) e incluso los depositantes quienes soporten las pérdidas antes que los Estados en caso de que haya que recapitalizar o cerrar una entidad. 

En concreto, los bancos españoles habrán de aportar al Fondo Nacional de Resolución el equivalente al 1% de sus depósitos garantizados (hasta ahora se calculaba respecto a todos los depósitos), que según las estimaciones del Gobierno ascenderá a unos 5.300 millones de euros. Los fondos recaudados irán a engrosar las arcas del Fondo Único de Resolución Europeo, que contará con una potencia de fuego conjunta de más de 55.000 millones de euros.

Un FGD con menos funciones

Otra de las claves del nuevo proyecto de unión bancaria será el fondo de garantía de depósitos europeo. A pesar de que éste es un aspecto en el que no se ha logrado hasta el momento un acuerdo para una mutualización total (como sí ocurre con la resolución de entidades), el objetivo del nuevo decreto es que para 2024 se hayan acumulado en el FGD español un mínimo de 6.400 millones de euros, el equivalente al 0,8% de los depósitos garantizados y el 0,3% relacionado con las entidades de inversión.

El objetivo del nuevo FGD armonizado con Europa será similar al del actual, aunque con funciones más limitadas. Así, seguirá garantizando todos los depósitos hasta un límite de 100.000 euros por persona y entidad. Pero dejará de asumir funciones relacionadas con la recapitalización de entidades o la asunción de costes como los esquemas de protección de activos (EPA), prácticas que ha llevado a cabo durante la crisis del sistema financiero español.

Ambos fondos, el FGD y el Nacional de Resolución, serán complementarios y "no comparables". El primero actuará en caso de que una entidad sufriera una quiebra y no se pudieran cubrir los depósitos de la clientela con los fondos propios del banco. El segundo fondo entraría en juego en caso de un proceso de resolución, y siempre y cuando la imposición de pérdidas a los acreedores (bail-in) no bastase para resolver la entidad.

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