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Economía

Expedientes de la CNMC anticipan que el pacto de precios de Díaz puede ser ilegal

Competencia advierte de que los acuerdos entre empresas pueden constituir un cártel. Así lo ha considerado en expedientes y multas al sector de la alimentación, hoteles y abogacía

yolanda diaz
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha subrayado que su propuesta de que las grandes distribuidoras congelen precios de alimentos hasta después de Navidad no infringe la competencia, porque no hay tope de precios ni intervención. Se trata de una petición o recomendación a la que pueden sumarse voluntariamente y, según la ministra, puede incluso favorecer la competencia, ya que una vez que Carrefour ha anunciado una cesta de 30 productos a 30 euros, se espera que se vayan sumando otras empresas. Son "decisiones comerciales privadas", ha insistido.

Sin embargo, Díaz ha destacado que busca "un acuerdo de la gran distribución”, a cuyas patronales ha convocado a una reunión este lunes; y se ha ratificado en el término "acuerdo", de gran trascendencia en las relaciones laborales pero un tabú en lo que respecta a la competencia. En este sentido, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) "recuerda que la legislación prohíbe los acuerdos entre operadores siempre que restrinjan la competencia. Entre otros, los acuerdos entre empresas destinados a la fijación de precios, que podrían llegar a constituir un cártel".

La CNMC ha abierto expedientes e impuesto multas a empresas y patronales por conductas menos susceptibles de tratar acuerdos que puedan infringir la competencia. "Asociaciones y directivos tienen que ser conscientes de que sus actuaciones pueden transgredir el ámbito de lo lícito si son aptas para alterar el normal funcionamiento del mercado, básicamente, por unificar el comportamiento de sus asociados y el de otros terceros", ha advertido la Comisión en directrices para asociaciones empresariales. Las asociaciones están sujetas a la misma norma de competencia que las empresas o que los operadores económicos individuales, avisa.

Díaz ha convocado el lunes a la Asociación de Supermercados Distribuidores (ANGED), la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados (ACES) y la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS), en las que están representadas las grandes distribuidoras, además del Consejo de Consumidores y Usuarios, para buscar un "acuerdo" sobre la cesta de la compra.

Que el presidente de una patronal sea directivo de una empresa en un cártel, como ocurrió en el de la leche, ha afectado a la citada patronal.

La CNMC impuso en 2009 una multa a la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) y a otros ocho asociaciones del sector de la alimentación por llevar a cabo una recomendación de precios en notas de prensa. Según la CNMC, "el contenido, el lenguaje y la difusión de las nota de prensa contribuían a transmitir el mensaje de que era inevitable la traslación de los incrementos a los precios finales, lo que constituía una señal para que las empresas actuaran en un mismo sentido y para predisponer a lo consumidores a aceptar los incrementos de precio".

Más sanciones

El ex presidente del Barça y presidente del grupo hotelero Husa, Joan Gaspart, fue sancionado por la CNMC por manifestarse en una rueda de prensa en Fitur en 2011 a favor de la subida de los precios de los hoteles y la hostelería española por "alta calidad de los negocios”. La sanción se extendió a la CEOE por ser Gaspart entonces presidente del Consejo de Turismo de la CEOE.

La CNMC ha sancionado a nueve colegios de abogados de distintas provincias por realizar recomendaciones colectivas de precios. El expediente se inició tras una denuncia de Bankia con motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los accionistas reclamando la inversión que perdieron con la salida a Bolsa en 2011.

Este celo llega incluso a la sanción al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) por publicar en 2013 una recopilación de criterios para la emisión de dictámenes sobre honorarios profesionales a requerimiento judicial, a efectos de la tasación de costas, ya que consideró que constituía una recomendación colectiva de precios.

Ante esta reunión del sector de la distribución para buscar un acuerdo sobre una cesta de la compra de una serie de productos y precios bajos, desde la CNMC transmiten que van a estar vigilantes, expectantes, con los ojos abiertos, para analizar lo que ocurra en este reunión y en los próximos meses.

Díaz pretende que esta campaña esté vigente hasta después de Navidad y que las empresas vayan cambiando los productos para que haya variedad.

Pequeño comercio

Rafael Allendesalazar, socio director de MLAB Abogados, apunta al "acuerdo" como lo más problemático de lo que pueda tratarse en la reunión del sector, y advierte de que se pueden sumar problemas de precio focal, que haga suelo y expulse precios más bajos. Es decir, que el que una empresa ponga un tope de un precio a un producto o a su cesta puede impedir que otras lo pongan más bajo. En este sentido se ha pronunciado también la CNMC, la cesta topada acabará subiendo los precios, ha advertido.

A lo que se añade el perjuicio que esta campaña de las grandes distribuidoras puede suponer para el pequeño comercio. La ministra ha destacado que al pequeño comercio se le excluye de la petición de este esfuerzo, pero no ha explicado qué ocurre con la distorsión del mercado que se puede producir.

La Ley de Defensa de la Competencia, en su artículo 1, prohíbe los acuerdos, decisiones o recomendaciones que tengan por objeto, den lugar o puedan dar lugar a una restricción de la competencia en el mercado. Este tipo de conductas se materializan, entre otros, en acuerdos o pactos para la fijación de precios o de otras condiciones comerciales, la limitación de la producción o el reparto del mercado.

La CNMC puede poner sanciones por un volumen del 10% de la cifra de negocios de los miembros de una asociación. Si no es posible delimitar el volumen, podrán superar los 10 millones de euros para las infracciones muy graves. Los directivos podrá ser sancionados con multas de hasta 60.000 euros.


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