Quantcast

Economía

Errores también en el fin de los ERTE: algunos siguen cobrando el paro aunque ya están trabajando

Oficina de empleo de la Comunidad de Madrid

El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE, el antiguo Inem) nunca antes había tenido que gestionar tantas solicitudes en tan poco tiempo y con tan poco personal.

Su desbordamiento en el trámite y gestión de las prestaciones -que se han disparado por el efecto del coronavirus en la economía- ha condenado a muchas personas afectadas por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a estar meses sin cobrar. Según datos de cierre de mayo del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos, todavía hay en España 480.000 personas que estando en ERTE no han cobrado su prestación

A este problema de retrasos, común por otro lado en otras prestaciones como las bajas por maternidad, se suman ahora los casos de aquellos trabajadores que sí han cobrado su prestación a tiempo y ahora siguen cobrándola cuando ya han vuelto al trabajo, según ha podido saber Vozpópuli

Se trata de trabajadores que han vuelto a la actividad en el mes de mayo -a medida que avanzaba la 'desescalada'- y que, a cierre de mes, han cobrado del SEPE la misma cuantía que cobraron en abril por el mes completo, más el sueldo proporcional por los días trabajados. 

"Estaba en un ERTE y me reincorporé al trabajo (con reducción de horas) el 25 de mayo. En abril cobré 894,18 euros y en mayo he cobrado la misma cantidad (además de lo que me ha pagado la empresa por trabajar esa semana)", relata una de esas personas a este medio. Su miedo, como el de otras con las que ha contactado este periódico, es que en el futuro tenga que devolver lo que ha cobrado de más

Tendrán que devolverlo... con intereses si lo hacen tarde

En el Ministerio de Trabajo no dan una respuesta a este medio sobre por qué se están produciendo estos desajustes, ni tampoco del sobrecoste que podría suponer para las arcas públicas que el Estado esté pagando más prestaciones de las necesarias.

En la propia página web del SEPE explican que si un trabajador "hubiera cobrado o se le hubiera ingresado en su cuenta corriente la prestación por un importe superior al que le corresponde o por un periodo de tiempo que no debe cobrar, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se lo comunicará, le informará del motivo del cobro indebido, del importe que adeuda y le indicará un número de cuenta donde realizar la devolución". 

Todos los trabajadores afectados por ERTE que hayan seguido cobrando el subsidio pese a haberse incorporado a su trabajo, deberán contar con que tienen que devolverlo en el futuro. 

En caso de que hagan uso de dinero y luego no puedan devolver el cobro indebido cuando se lo reclamen en el plazo de 30 días, podrán solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, pero deberán pagar intereses de demora por retrasarse. 

"Enriquecimiento injusto" por parte del trabajador

Si el trabajador recibe más de lo que debería, Luis Jiménez-Arellano, responsable del área de Derecho Laboral del bufete Mas y Calvet, recomienda que "informe a la empresa para que ésta informe al SEPE en tal sentido, dado que se estaría dando una circunstancia evidente de enriquecimiento injusto y una situación de fraude. Por lo que se deberá avisar, inmediatamente, de tal circunstancia al SEPE". 

"La responsabilidad del enriquecimiento es claramente del trabajador, pero como la obligación del paro -ahora y después del RDl 9/2020, de 27 marzo- corresponde a la empresa, pues será ella también la responsable. Esto es nuevo así que deberá manifestarse, en tal sentido, la Inspección de Trabajo", apunta.

Aluvión de fin de ERTE 

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, reconocía este lunes en el Congreso de los Diputados que a la Seguridad Social le ha sorprendido la cantidad de personas que han sido desafectadas de los ERTEs, algo que él achaca al sistema de incentivos aprobado por el Ejecutivo. 

Este sistema consiste en que las empresas con menos de 50 trabajadores pasan de tener una exoneración del 60% en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social de sus trabajadores, a un 85% de exoneración para los trabajadores que hayan recuperado en el mes de mayo, y del 75% -en vez que del 45%- para los que recuperen en junio.

Las empresas de más de 50 trabajadores tenían exoneración del 45% y del 30%, en mayo y junio respectivamente, para los trabajadores suspendidos; mientras que estos porcentajes pasan al 60% y 45% en mayo y junio para los que van reiniciando la actividad.

Ya no se pueden votar ni publicar comentarios en este artículo.