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La CNMC abre un expediente por prácticas contra la competencia a Correos y otras 8 empresas

Furgonetas de Correos en una calle de Barcelona.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra un total de diez empresas de mensajería y paquetería que operan en España, por posibles prácticas restrictivas de la competencia. El organismo regulador ha indicado que la investigación de basa en las "posibles prácticas anti competitivas" de no agresión destinadas al reparto de clientes.

Los inspectores realizaron visitas a mediados de noviembre a las sedes de varias de estas empresas, observando indicios de una infracción contraria a la normativa de defensa de la competencia

Entre las empresas incluidas en este expediente, se encuentra Correos Express Paquetería Urgente y su matriz, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos; DHL Express Iberia S.L.; Federal Express Corporation Sucursal en España, y General Logistics Systems Spain. Así como, International Courier Solution ; MBE Spain 2000 Redyser Transporte; TNT Express Worldwide Spain; Tourline Express Mensajería y United Parcel Service España Ltd.

La CNMC se basa en el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la competencia, así como en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistentes en pactos bilaterales de no agresión destinados al reparto de clientes entre empresas.

Desde la CNMC se recuerda que la incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación

Los inspectores de la CNMC realizaron visitas a mediados de noviembre del pasado año a las sedes de varias de estas empresas, observando indicios de una infracción contraria a la normativa de defensa de la competencia en el mercado español de la mensajería y paquetería empresarial. La instrucción para el expediente contempla un periodo máximo de 18 meses para su resolución, y desde la CNMC se recuerda que la incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación.

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