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Economía

CASO IBERDROLA - VILLAREJO

La comida de Florentino Pérez con Delgado, Garzón y Ferreras llega a la Audiencia Nacional

El exjefe de seguridad de Iberdrola requiere al juez que el empresario sea apartado como acusación particular en el caso que se investiga en la Audiencia Nacional, por esa comida de la que informó 'Vozpópuli' en exclusiva

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La comida que mantuvieron el último viernes de enero Florentino Pérez con la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado; su novio el exjuez Baltasar Garzón; y el periodista Antonio García Ferreras, sobre la que informó en exclusiva Vozpópuli, llega a la Audiencia Nacional.

La defensa del exjefe de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, ha requerido al juez Manuel García Castellón, al frente del caso Villarejo, la retirada como acusación particular de Florentino Pérez, por aquel encuentro ocurrido en una marisquería cercana al Santiago Bernabéu y las sospechas de falta de imparcialidad que arroja sobre el proceso.

Asenjo, al igual que otros antiguos directivos del grupo energético español, está investigado en una de las piezas de la macrocausa Tándem, por ser presuntamente interlocutor del excomisario José Manuel Villarejo con Iberdrola. Villarejo habría aportado funciones de espionaje a políticos, ecologistas y también al grupo ACS y su presidente, Florentino Pérez.

La norma establece que los empleados públicos no aceptarán regalos que superen los usos habituales

En un reciente escrito al Juzgado Central de Instrucción número seis de la Audiencia Nacional, el abogado de Asenjo advierte que mientras Dolores Delgado "permanezca en su puesto de Fiscal General del Estado, existirá una sospecha fundada de parcialidad respecto de la actuación que sus subordinados en las distintas causas en las que intervenga el Sr. D. Florentino Pérez (...)".

Para sostener su solicitud, la defensa de Asenjo alude al artículo segundo de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que establece que los integrantes del Ministerio Fiscal ejercerán su función siguiendo los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad".

También al artículo 52 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, según el cual los empleados públicos deberán "velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico".

Las comidas y encuentros que mantuvo el exjuez Gómez de Liaño en el caso Sogecable centraron parte de su recusación

Y recuerda los principios éticos y de conducta regulados en el articulado del Estatuto Básico del Empleado Público. Y también la Ley 19/2013 que, en su artículo 26, establece como principio de buen gobierno de la Administración el respeto al “principio de imparcialidad”.

Esta última norma fija como principio de actuación el de que “no aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones”.

En el caso de la ya famosa comida, concluye el letrado, ocurre que Florentino Pérez, “cuyas empresas están siendo objeto de investigación penal en otros procedimientos”, utiliza a un amigo suyo, Antonio García Ferreras, “para que la Fiscal General del Estado se siente con él a comer”.

La Policía Nacional impidió que se tomaran imágenes de la famosa comida en una marisquería cercana al Bernabéu

La referida comida, continua, “es abonada por el instante de la misma, lo que implica que la Fiscal General del Estado aceptó un regalo -en la citada forma de invitación a comer- cuyo valor supera con creces el importe máximo de lo que los usos establecen como ‘socialmente admisible’”.

Ese encuentro, en el que efectivos del Cuerpo Nacional de Policía de la escolta de Dolores Delgado impidieron que se tomaran imágenes, “no cumple los estándares mínimos sobre garantías contra presiones externas, manifestadas estas no bajo ásperas pieles de lobo, sino tras suaves pieles de cordero”.

Las comidas del juez Liaño

El abogado del exjefe de Seguridad de Iberdrola indica en su escrito al juez García-Castellón que hay actuaciones que ponen en duda la imparcialidad de un juicio. Y entre esas sospechas se incluyen las comidas que un juez, o un fiscal, comparta con partes procesales, como es el caso de Florentino Pérez.

Las reuniones que pudiera tener la Fiscalía con partes procesales han de seguir los cauces oportunos

Las comidas y reuniones que, recuerda el letrado, mantuvo en su momento el exjuez Javier Gómez de Liaño en el contexto del caso Sogecable, formaron parte del núcleo de la estimación que llevó a la misma Audiencia Nacional a recusarle.

Las reuniones que pudiera tener la Fiscalía con partes procesales, subraya, han de seguir los cauces oportunos.

Lagunas sobre la revocación de un acusador

La regulación de la revocación de la condición de acusador en el proceso penal español “es una más de las notables lagunas de nuestra remendada Ley de Enjuiciamiento Criminal”, lamenta la defensa de Asenjo en su reciente escrito al juez García Castellón.

El Partido Popular fue apartado del caso de los papeles de Bárcenas como acusación popular

El Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce, en su artículo 476, únicamente la posibilidad de expulsión de la acusación popular, y no de la acusación particular.

 No existen disposiciones concretas sobre esta posibilidad, pero, apunta el abogado, “no significa que esté prohibido, y de hecho la expulsión de acusaciones se ha producido en nuestra historia judicial reciente”.

El letrado recuerda la revocación de la condición de acusación popular del Partido Popular y su expulsión del caso de los papeles de Bárcenas, o la solicitud que en el caso Bankia realizó Andrés Herzog cuando pidió la expulsión del Frob como acusación particular (que no fue atendida).

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