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Economía

El Supremo cuestiona el Canon Digital y lo lleva a Luxemburgo

Esta tasa pretende compensar la realización de copias privadas de obras con derechos de propiedad intelectual

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El Tribunal Supremo ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea las dudas que tiene sobre el actual sistema español  de Canon Digital, por el cual están gravados los dispositivos electrónicos con capacidad de almacenamiento -disco duro- así como las impresoras y equipos multifuncionales.

Esta tasa pretende compensar la realización de copias privadas de obras con derechos de propiedad intelectual. Este tipo de derechos son administrados por las entidades de gestión, agrupadas en torno a una asociación que representa a prácticamente todas las gestoras, denominada ADEPI (Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual). 

En el caso de las compras de dispositivos tecnológicos por parte de las empresas, la ley establece que éstas deben estar exoneradas del pago del Canon Digital, al considerarse que las copias realizadas en las empresas son de uso profesional, no privado, por lo que no deberían pagar la tasa.

El sistema elaborado por el Gobierno para gestionar el Canon Digital en España se centra en una Ventanilla Única Digital, a efectois prácticos una persona jurídica que agrupa a todas las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual (incluso las que no están representadas en  ADEPI). En esta web las empresas pueden quedar exoneradas del pago del Canon Digital si cuentan con un certificado emitido previamente por la Ventanilla Única Digital. En su defecto, pueden reclamar la devolución de la tasa abonada por cada equipo.

La llegada de servicios como Netflix, HBO o Amazon Prime ha hecho descender las copias privadas, por lo que las tecnológicas no ven sentido a la compensación por copia privada tal y como está planteada en la actualidad

Este formato no es del agrado de AMETIC, la patronal de las empresas tecnológicas. Su función es hacer lobby en favor de los intereses de la industria. Esta asociación formuló un recurso ante el Tribunal Supremo en el que pedía que la exoneración del pago se haga 'por defecto', de forma automática, simplemente haciendo constar que el adquirente es una empresa. Como decimos, el modelo actual supone que la empresa paga el Canon Digital cuando compra el dispositivo, salvo que cuente con un certificado de exoneración, debiendo exigir posteriormente su devolución si quiere evitar pagar el Canon Digital por los dispositivos que compra para desarrollar su actividad empresarial.

En la práctica, las empresas apenas reclaman la devolución del Canon. Desde el sector aseguran que es un trámite engorroso, con una burocracia que cuesta más a las empresas, en especial las de pequeño tamaño -pymes y autónomos- que lo que les van a devolver. Esto disuade la reclamación. Según la web de Ventanilla Única Digital, solo unas 500 empresas cuentan con el certificado para pedir por anticipado la exoneración del Canon Digital, lo que contrasta con las más de 4,4 millones de empresas que hay en España. Esto representa que solo en torno al 0,1 por mil del total de empresas puede quedar exoneradas del pago del Canon Digital. El resto de las empresas (9.999 de cada 10.000) han de solicitar su devolución a posteriori.

Tras analizar el recurso planteado por AMETIC, el Tribunal Supremo decidió elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al considerar que la patronal de las tecnológicas podría tener razón en su reclamación respecto al requisito previo de que se expida un certificado de exoneración por parte de una entidad que representa los intereses de las entidades de gestión, que además goza de “potestades exorbitantes”, mientras que, en opinión de AMETIC, debería existir una exoneración automática de la tasa cuando el usuario final sea una empresa. El Tribunal luxemburgués tendrá que estudiar de nuevo  la situación del Canon Digital en España.

Esta tasa tiene una influencia directa en los precios de la tecnología. La ley establece que son los fabricantes y distribuidores los responsables de asumir el pago del Canon Digital a las entidades de gestión, si bien tienen la obligación legal de hacerla constar en factura cuando los dispositivos son vendidos a lo largo de toda la cadena de distribución. Según alertan desde organizaciones de consumidores como OCU o Facua, este incremento en el coste de los productos es repercutido en la factura final que abona el consumidor. 

Subida del 400% en el Canon Digital

ADEPI negocia con las tecnológicas una subida el Canon Digital. La asociación asegura que en España se paga mucho menos por este concepto que en el resto de Europa. Sin embargo, desde las tecnológicas consideran que el Canon Digital es abusivo, y que lo será mucho más si se produce una subida de la misma.

"La llegada de servicios como Netflix, HBO o Amazon Prime ha hecho descender las copias privadas vertiginosamente; es un hecho. No entendemos que, en un entorno como este, se incremente el coste de compensación por copia privada", explicaban hace unas semanas desde un fabricante de tecnología a Vozpópuli.

Esto ha provocado el descenso en el daño causado por la realización de copias privadas. En 2012 este indicador suponía 18 millones de euros. En 2013 se redujo a 17 millones de euros, en 2014 a 12 millones de euros, en 2015 a 12 millones de euros y en 2016 supuso 7 millones euros, según datos del sector.

Sin embargo, en 2018 las entidades de gestión ingresaron por el Canon Digital 57 millones de euros, de los cuales se provisionó un 30% para posibles reembolsos, con lo que la cifra neta se aproxima a los 40 millones de euros. En el año 2019 recaudaron 49.9 millones de euros, y provisionó para reembolsos casi 11 millones de euros, quedando una cifra neta de 38,6 millones de euros. En 2020 recaudaron 55.2 millones de euros por el Canon Digital y provisionaron una reserva de 9.8 millones de euros para reembolsos, lo que en teoría supone una cifra neta de 45.4 millones de euros.

"La elevada cuantía de las reservas dotadas por las entidades de gestión para realizar los reembolsos del Canon Digital a las empresas es mera apariencia. La realidad es que esos reembolsos no se materializan y que el saldo remanente de las provisiones dotadas que no es consumido en la atención de reembolsos queda liberado", explican fuentes del sector a este diario. En 2019, solo se tramitaron 110 solicitudes de reembolso correctas, correspondientes a 67 empresas. En 2020, la Ventanilla Única Digital recibió solo 147 solicitudes de reembolso, de las cuales se rechazaron o cancelaron 45 expedientes, según datos oficiales.

En cuanto a la subida del Canon Digital planteada por las entidades de gestión, la tasa actual para los teléfonos móviles -el dispositivo más utilizado para la reproducción de obras- es actualmente de 1,10 euros por unidad, independientemente de la capacidad de almacenamiento. ADEPI pretende ahora que aquellos con 16 GB de disco duro estén sujetos a un canon de 3,15 euros. Los equipos con 32 GB de capacidad estarán gravados con 4,75 euros y los de más de 64 GB tendrán un Canon de 5,50 euros, tal y como ha podido saber este diario tras consultar a varios fabricantes de telefonía móvil, tablets y ordenadores. Para justificar esta subida, se alega que la media de Canon Digital de los equipos de más de 64 GB dentro de la Unión Europea es de 9,03 euros, mientras los de entre 16 GB y 32 GB están gravados con 4,95 euros, según otras fuentes consultadas por este diario.

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