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Economía

La Audiencia Nacional da la razón a Sacyr frente a las sanciones de la CNMC por restringir la competencia

Respecto a un cártel de recogida de basuras al que sancionó inicialmente con 98 millones

Sacyr
Exterior del edificio de Sacyr en Madrid. Europa Press

La Audiencia Nacional ha estimado un recurso contencioso-administrativo presentado por Valoriza Servicios Medioambientales, filial de Sacyr, contra la incoación por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de un expediente sancionador por supuestas prácticas restrictivas de la competencia.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional impone las costas al organismo regulador, al que le vuelve a impedir iniciar un segundo procedimiento sancionador contra la constructora.

En 2015, la CNMC impuso una multa de 15,3 millones de euros a Valoriza en el marco de una sanción de 98 millones que el regulador puso a una treintena de empresas del sector de recogida de basuras por supuestamente formar un cártel.

Dos años más tarde, la Audiencia Nacional anuló esta sanción a Sacyr al considerar que "no hay base para suponer que participara o tuviera conocimiento de un plan conjunto de actuación en el que intervinieran otras empresas cuya relación con la recurrente es, simplemente, inexistente".

Sin embargo, en 2018, la CNMC volvió a incoar otro expediente sancionador contra este presunto cártel, que suponía la primera vez que el 'superregulador' reiniciaba un proceso sancionador tras ser anulado por la Audiencia Nacional como consecuencia de los recursos presentados por los afectados.

El organismo decidió retomar el proceso al considerar que la sentencia sí cuestionó el procedimiento seguido en la instrucción del caso, pero no la conducta de las empresas, y que las posibles infracciones sancionadas no habían prescrito.

Nueva sentencia

Ahora, la Audiencia Nacional, dando respuesta al recurso interpuesto por Sacyr contra esta incoación, ha vuelto a pronunciarse para dar la razón a la compañía e impedir a la CNMC seguir adelante con este expediente.

"La sentencia de esta sala se pronunció sobre el fondo y carecía (la CNMC) de mandato alguno de retroacción de las actuaciones con el fin de subsanar algún vicio formal ni abría la posibilidad de iniciar un nuevo expediente por los mismos hechos a los mismos responsables, calificándolos de forma distinta", detalla el texto de la Audiencia Nacional.

Entre el medio centenar de compañías incluidas en la investigación de la CNMC también figuran distintas filiales de FCC y Ferrovial, así como Urbaser, firma que un grupo chino compró a ACS en 2016. Todas ellas estaban ya incluidas en el expediente de 2015 cuando, de hecho, fueron sancionadas con las multas más altas.

El regulador considera en su expediente que las 51 empresas investigadas establecieron acuerdos y realizaron prácticas concertadas "tendentes a repartirse clientes públicos y privados, y actividades", así como a "fijar las condiciones comerciales".

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