En plena crisis inmobiliaria, son muchos los inquilinos en toda España que se rebelan contra condiciones abusivas y buscan soluciones. Son muchos los caseros y propietarios de las viviendas los que deciden subir la cuota de alquiler en un momento en el que la escasez de oferta y la gran demanda hace que los inquilinos sean más vulnerables que nunca. Pero no pueden hacerlo de cualquier forma. Para que el acreedor pueda subir la mensualidad deberá seguir ciertos pasos, comenzando por respetar los límites establecidos en el contrato de alquiler.
De esta manera, la renta tan solo se puede actualizar si así lo prevé dicho documento. Así, en principio la actualización se hará de año en año, aunque es importante destacar que esto no es obligatorio, y queda a decisión y criterio del propietario del inmueble. En caso de decidir llevarlo a cabo, podrá hacerlo cuando el contrato de alquiler cumpla el año de vigencia. Así, deberá utilizar un índice u otro en función del momento en que el contrato fue firmado. Estas son las dos opciones:
• Índice de Precios de Consumo: contratos firmados antes del 25 de mayo de 2023.
• Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda: contratos firmados después del 25 de mayo de 2023.
Pero para comunicarle al inquilino dichas modificaciones en la cuota que deberá pagar mes a mes, también hay ciertas normas y directrices a seguir. Así, la Organización de Consumidores y Usuarios -OCU- afirma que los caseros deberán seguir dos modelos específicos según el índice que sigan en su contrato. Pero, antes de nada, deben conocer los plazos de tiempo a manejar: se hará, como mínimo, un mes antes de que la subida vaya a tener efecto.
La fecha clave
Finalmente, el casero deberá tener en cuenta el mes que deberá tener como referencia para establecer el aumento de la cuota. Esto deberá ser así independientemente de si sigue el IPC o el IRAV. Así, deberá seguir el último índice publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Es decir, si la actualización se producirá en marzo, el arrendador deberá informar a su inquilino de la información publicada por el INE en el mes de febrero. Además, respetar los plazos es fundamental.
Todo inquilino debe conocer sus derechos para poder defenderlos y detectar prácticas o actitudes abusivas. Así, debe saber que tiene derecho a negociar la duración del contrato, así como a la adquisición preferente del inmueble en caso de que el propietario decida ponerlo en venta. Asimismo, también puede denunciar al dueño por allanamiento si este accede a él sin previo aviso, a recuperar la fianza, solicitar las reparaciones necesarias y, finalmente, a ser avisado con la antelación suficiente de un aumento de la cuota de alquiler. De no ser así, este pago deberá retrasarse hasta que cumpla con la normativa.