Centenares de clientes han presentado demandas a Iberdrola, Endesa y Naturgy por no notificar el incremento en el precio del gas de la tarifa libre. Según confirman fuentes jurídicas a este periódico, varios despachos de abogados han contactado con administradores de comunidades de vecinos y hogares para hacer ver que las empresas anteriormente citadas no cumplen con la legislación.
Las fuentes consultadas indican que la avalancha de juicios que se están produciendo entre clientes y las energéticas se llevan produciendo desde que se produjeran las subidas del precio del gas, a consecuencia de la guerra de Ucrania.
En concreto, los despachos de abogados que están llevando los casos entienden que, cuando se incrementa el coste del megavatio a la hora, los clientes han de ser informados con los cambios en la factura del gas y de la luz. Fuentes de las diversas compañías implicadas indican que “cumplen” con la legislación vigente y aseguran que lo han comunicado a los usuarios.
Las empresas se vieron obligadas a notificar a sus clientes la modificación del precio de los contratos de suministro de gas natural. En este sentido, cuando los precios de la tarifa libre se incrementaron, los clientes decidieron cambiar sus contratos para que les fuese aplicado el precio regulado TUR. Por aquellos entonces, el recibo vigilado por el Estado era mucho más bajo por lo que los usuarios dieron el paso a modificar su tarificación.
También fue el caso de las comunidades de propietarios. Miles de bloques de pisos tienen la denominada calefacción central en la que se reparten el gasto de gas mensual. Así, durante la crisis energética, las comunidades de propietarios también dieron el paso y se cambiaron a la nueva TUR vecinal, con un precio regulado.
Las comunidades de propietarios (CCPP) también pudieron cambiarse para que les fuese aplicada la nueva TUR vecinal. Sin embargo, a pesar de lo anterior, algunas comunidades no hicieron cambio alguno por lo que les fueron aplicados los nuevos precios notificados. “Esto provocó un aumento de la morosidad de las CCPP que no atendieron el pago de las facturas por lo que se ha tenido que reclamar judicialmente”, señalan las fuentes cercanas a las energéticas.
Fuentes cercanas a las energéticas subrayan que, a pesar de la controversia, se notificaron los cambios de precios cumpliendo con lo establecido en el art. 57bis f) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que establece la obligación de notificar de forma directa las revisiones de precios, con al menos un mes de antelación a la entrada en vigor, e informar de su derecho a rescindir el contrato sin coste alguno cuando reciban el aviso. “Las comunicaciones de revisión de precios incluían una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión, así como una estimación del coste anual del suministro y su comparativa con el coste anual anterior”, indican las fuentes.
En este sentido, las fuentes jurídicas consultadas indican que “no se exige que sea de forma fehaciente que se hagan” si bien remarcan que “las empresas han de probar que se ha informado correctamente”. Es en este apartado en donde los grandes bufetes intentan pleitear con las empresas del sector energético.
Bajo este argumento, los despachos de abogados han encontrado un gran filón para poder reclamar a las grandes empresas compensaciones para los clientes y han contactado con los administradores.
Las fuentes jurídicas consultadas indican que casi todos los juicios llevados a cabo, la Justicia ha dado la razón a las principales compañías energéticas españolas.
Multa de la CNMC
Esta misma semana se conoció que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multó a Endesa y Naturgy con 1,2 millones de euros en total (600.000 euros cada una) por omitir en sus facturas información relevante para los consumidores, aunque el importe se ha reducido después al pagar ambas en periodo voluntario.
El organismo sostiene que las compañías eléctricas están obligadas a incluir un código QR/vínculo al comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC para que el cliente pueda conocer su consumo y comparar los precios que ofrecen otras empresas.
Sin embargo, Endesa Energía y Naturgy Iberia "omitieron cierta información", por lo que Competencia ha decidido multar con 600.000 euros a cada comercializadora, la cantidad máxima para las infracciones leves. Las actuaciones partieron de dos particulares que denunciaron haber recibido facturas sin el contenido mínimo exigido.
jalvarezl
07/02/2025 18:31
La verdad es que me cuesta entender tanto revuelo cuando, según lo que he visto, al menos una de las principales del sector hizo lo correcto informando a sus clientes. Creo que estas demandas se usan para presionar y que se olvida que se cumplió con el aviso reglamentario
1969piki1969
07/02/2025 18:50
A veces es más fácil criticar y de eso en España sabemos un rato. A la mínima, a degüello. Y nadie cuestiona el sinsentido de las políticas y decisiones que llevan a las subidas. En fin.
farmyardcheek
El juez se lo pasará al Supremo si considera que hay indicios irrefutables y lo razona bien. A los ojos de los que estamos fuera parece que sabe muuuucho. Y eso que dice que no hay nada. No declara por que no quiere perjudicar a su mujer, por tanto, sabe que hay algo gordo.
raquel.colab.1984
07/02/2025 19:43
Los abogados son tremendos... vamos... decir que después de la guerra de Ucrania no sabias que el gas estaba subiendo... es como vivir en otro planeta, nos pasabamos el dia hablando de eso