Mes a mes, más de 9,2 millones de pensionistas en España aguardan a recibir la cantidad que, tras toda una vida de trabajo y esfuerzo, les corresponde. Muchos de ellos acuden al banco cuando esto ocurre y retiran una cantidad importante de dinero con la que pasar el mes y hacer frente a sus gastos del día a día. Mientras, otros optan por acudir al cajero automático de forma asidua y retirar lo que necesitan el momento. Pero todos ellos se hacen la misma pregunta: cuándo cobrarán su pensión en este mes de enero.
Tras la negativa de PP, Vox y Junts al decreto ómnibus, el aumento de pensiones de cara al próximo mes de febrero se ha visto frustrado. Es por ello que, junto a la cancelación de los descuentos en el abono transporte -y la congelación del ticket gratuito de Renfe, entre otras-, es uno de los temas políticos de mayor actualidad. Aún así, esta medida sí se aplicará este mes de enero, por lo que las pensiones contributivas serán un 2,8% más altas, lo que equivale a una media de 40,5 euros más.
Cuándo cobraré la pensión
Según establece la normativa de la Seguridad Social, todo regímen de pensiones se satisface en 14 pagas a lo largo de todo un año. Así, la norma dicta que esta fecha será el primer día hábil del mes en que se realiza el pago -a mes vencido-. Además, siempre será antes del cuarto día natural del mismo. Esto implica que se cobra entre los días uno y cuatro de cada mes, aunque los jubilados suelen recibir sus pensiones algo antes por un sencillo motivo: los bancos ya cuentan con toda la información necesaria, y suelen adelantar el pago entre los días 22 y 26 de cada mes. Pero hay diferencias en cada grupo. Estas son las fechas que se barajan en enero según el banco:
• Caixabank: a partir del 24 de enero
• BBVA: a partir del 27 de enero
• ING: a partir del 25 de enero
• Santander: a partir del 23 de enero
• Sabadell: a partir del 24 de enero
• Abanca: a partir del 27 de enero
• Bankinter: a partir del 22 de enero
La explicación a por qué cada pensión integrada en la Seguridad Socil se cobra en 14 pagas es sencilla: 12 de ellas responden a cada mes del año, mientras que las dos restante son los pagos por la paga extra. Aún así hay una excepción en este tipo de disposición: aquellas que derivan de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. En estos casos las pagas extras son prorrateadas, por lo que se distribuyen de forma equitativa entre las 12 pagas mensuales.