Economía

Los asesores fiscales denuncian que Hacienda usa a los mutualistas para "maquillar" el déficit ante Bruselas

Lo que más preocupa a Aedaf es el "precedente" que sienta Hacienda primando las reglas fiscales sobre los derechos del contribuyente

  • María Jesús Montero y Jesús Gascón, secretario de Estado de Hacienda.

Bernardo Bande, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), ha manifestado su "preocupación por la creciente inseguridad jurídica en materia fiscal", en la inauguración de la XVIII Jornada Nacional de Estudio una jornada de Aedaf que se ha celebrado este jueves en Madrid.

El presidente considera “inaceptable” el cambio de criterio del Ministerio de Hacienda respecto de la devolución del IRPF de los mutualistas y la situación de cientos de miles de autónomos que no saben si en 2025 deben tributar en estimación objetiva o directa al no tener información sobre los límites aplicables.

Respecto al giro de 180 grados de Hacienda con las devoluciones a mutualistas, en declaraciones a los medios, Bande ha lamentado que Hacienda les utilice para "maquillar la contabilidad nacional" y financiarse y que no figure como gasto en un momento de regreso de las reglas fiscales y de necesidad de reducir el déficit.

Con todo, lo que más le preocupa es el "precedente" que sienta el Fisco con este cambio sobrevenido en el que priman las reglas fiscales por encima de los derechos del contribuyente.

Sobre si los herederos de los mutualistas podrán reclamar si se diera el caso, según han asumido algunos asesores, Bande y Juan Manuel Herrero de Egaña, vocal responsable del Gabinete de Estudios y Relaciones Institucionales de Aedaf, han mostrado sus dudas más allá del primer año.

"Muchos morirán antes de cobrar"

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha lanzado un rotundo comunicado en el que critica la actuación del Ministerio de Hacienda "por incumplir los principios constitucionales y legales" de actuación de la Administración con respecto a los contribuyentes afectados y alerta de que "muchos morirán antes de cobrar".

Insta a las autoridades tributarias a poner remedio a una modificación que ha dado lugar a una situación "incomprensible, que prolonga el procedimiento y complica el proceso a los afectados".

IHE recuerda que, en virtud de lo dispuesto en la Constitución, la Administración debe servir con objetividad a los intereses generales. Este principio general encuentra su acomodo en el ámbito de la Administración Tributaria en el artículo 3.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que garantiza los principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales, asegurando, igualmente, el respeto de los derechos y garantías de los contribuyentes.

Además, el principio consagrado jurisprudencialmente como de "Buena Administración", e incardinado implícitamente en varios preceptos de nuestro ordenamiento jurídico, obliga a actuar siempre "con arreglo a la eficacia señalada, pero también de acuerdo con los principios de eficiencia, transparencia, imparcialidad, seguridad jurídica y respeto a los derechos de los ciudadanos", señalan.

El procedimiento queda sin efecto

Según explica la Agencia Tributaria (AEAT) en su página web, este cambio, introducido en una enmienda del Grupo Socialista en la Ley del impuesto complementario para las multinacionales aprobada el pasado 19 de diciembre, implicará que los beneficiarios tendrán que solicitar cada año la devolución correspondiente a un ejercicio durante las próximas cuatro Campañas de la Renta en lugar de cobrarlo de entrada y muchas solicitudes presentadas quedan invalidadas.

Así, la devolución del ejercicio 2019 se podrá pedir en 2025; la de 2020, en 2026; la de 2021, en 2027, y la de 2022, en 2028, en lugar de hacerlo todo en un único procedimiento como se había previsto en un principio.

Hasta el pasado mes de noviembre, la Agencia Tributaria había devuelto 1.325 millones de euros a los antiguos mutualistas que lo habían solicitado.

Este conflicto parte de una sentencia del Tribunal Supremo que dictaminó que los jubilados que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de las antiguas mutualidades pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta, con el objetivo de evitar una doble tributación en los casos en que las aportaciones a las mutualidades no pudieron deducirse en su momento.

En cumplimiento de esta sentencia, la AEAT habilitó el pasado marzo un formulario para que los potenciales beneficiarios solicitaran las devoluciones correspondientes a los ejercicios no prescritos, es decir, entre 2019 y 2023.

Ahora, con el cambio en el procedimiento, las solicitudes ya presentadas pero que no contaran con acuerdo de devolución el pasado 22 de diciembre quedan sin efecto, aunque se hubieran entregado mediante autoliquidación, solicitud de rectificación de autoliquidación o con el formulario.

Los mutualistas que se encuentren en esta situación tendrán que volver a solicitar su devolución, aunque completando cuatro formularios diferentes, uno para cada ejercicio, que se habilitarán en la página web de la Agencia Tributaria durante la Campaña de la Renta.

Así, durante la Campaña de la Renta de 2024, que se celebra entre los próximos 2 de abril y 30 de junio, los mutualistas podrán pedir la devolución correspondiente al IRPF de 2019 y los ejercicios anteriores no prescritos.

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