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Economía

¿Qué gastos pueden aún intentar cobrar los hipotecados contra la banca?

Sede del Tribunal Supremo

El fallo del Tribunal Supremo sobre las reclamaciones para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) ha supuesto un revés para las asociaciones de consumidores que han llevado el caso hasta el final y para muchos hipotecados que esperaban unos ingresos extra similares a los que cobraron los que tenían cláusulas suelo. Según el Supremo el ITP, una tasa que varía por autonomía pero que ronda el 6% del importe escriturado, debe ser aportado por el interesado en adquirir la vivienda.

A falta de conocer la sentencia completa, que el Alto Tribunal difundirá en los próximos días, el TS ha estimado en parte los recursos de casación interpuestos por los consumidores afectados. De esta forma considera que "por el timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite". 

Una de las asociaciones de consumidores que llevaron el caso al Supremo, la OCU, ha asegurado que "las cláusulas que imponen los gastos hipotecarios siguen siendo abusivas: los consumidores siguen tendiendo derecho a reclamar su dinero" pero cree que aún se puede reclamar 2.500 euros de media. Asegura que muchos hipotecaron pagaron de más por estas cláusulas, y que "la cuantía que podrán reclamar será significativamente menor. Sin embargo, las entidades deben devolver los gastos de notaría, registro, gestoría y tasación", asegura esta organización.

Con respecto a Facua, otra asociación de consumidores, se ha mostrado a favor de que la causa, en la que también estaba personada, "llegue al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)".

Reclamación de 1.500 euros

Otras estimaciones de otras agencias aseguran que la cantidad sería menor alos 2.500 euros de media que estima la OCU. La web Reclamapormi ha hecho una clasificación de los gastos que según su punto de vista se pueden reclamar y serían devueltos:

1- Gasto de notaría: Estos son los honorarios que pagamos al notario por dar fe de las
escrituras. Certifica los pasos que ha seguido el banco en el proceso de la escritura
hipotecaria y de compra-venta. Estas cantidades están fijadas por ley y a partir de estos se
aplicará un arancel en función de la extensión de la escritura y del número de copias que
se hagan... suele representar entre el 0,1 % y el 0,5 % de la responsabilidad hipotecaria.

2- Gasto de registro de la propiedad: Un gasto necesario en toda compra-venta de
vivienda. Esta cantidad, como la de los notarios también está regulada por ley. Este gasto
oscila entre 100 y 250€ para una hipoteca media.

3- Gastos de gestoría: La gestoría es quién realizará los trámites anteriores, de inscripción
de la propiedad y la liquidación de impuestos. En general, todas las gestorías deberían
cobrar un importe similar a sus clientes según los servicios prestados. En este caso para
una hipoteca media el gasto rondaría entre 150 y 300€

4- Gastos de Tasación de la vivienda: Es un informe donde se garantiza al banco que la
casa tiene un valor suficiente para que en caso de impago puedan recuperar el dinero
prestado a través de la hipoteca. Esta tasación varía en función del inmueble, la zona,
superficie y oscila entre 150 y 450€.

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