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Economía

El Gobierno permite que los ayuntamientos hagan más grandes las terrazas de los bares en la fase 1

Imagen de una terraza de la Plaza Mayor de Madrid, cerrada durante el estado de alarma por el coronavirus.

Con los hosteleros y comerciantes pendientes de cuáles son las condiciones para abrir sus locales a partir del lunes -en las provincias que estén ya en fase 1-, el Gobierno ha publicado este sábado la orden ministerial con la que se regirán. La apertura de las terrazas de los bares y la de los comercios de menos de 400 metros cuadrados son las dos medidas más destacadas en este proceso de 'desescalada'. No obstante, son varias las condiciones que se imponen para su apertura.

En este sentido, se establece la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración. La ocupación máxima permitida será de diez personas por mesa o agrupación de mesas, limitándose al 50% el número de mesas permitidas con respecto al año inmediatamente anterior. Además, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

En el caso de que el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre, explica el Gobierno, se podrán incrementar el número de mesas previsto en el apartado anterior, respetando, en todo caso, la proporción del 50% entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

Son varias las ciudades que, de hecho, ya han tomado decisiones sobre esta cuestión. Sin ir más lejos, el Ayuntamiento de Madrid llegaba a un acuerdo este viernes para que los bares que dispongan de terraza puedan extender las mesas y las sillas hasta las bandas de estacionamiento. Madrid, no obstante, tendrá que esperar a pasar a la fase 1 y no será el lunes cuando ponga estas medidas en marcha.

Adiós a los servilleteros

Los 'nuevos' bares tardarán mucho en recuperar su imagen habitual y, de momento, no dispondrán de algunos de sus elementos más icónicos. Así se recoge en la orden ministerial, que apunta a que se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente. Tampoco habrá cartas de uso común, dice el Gobierno, y se optará por el uso de dispositivos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.

Asimismo, Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.

Los bares deberán poner  poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

Abre el pequeño comercio

Junto con las terrazas, el próximo lunes abrirán en las provincias de la fase 1 los comercios de menos de 400 metros cuadrados, que hasta ahora y desde la fase 0 podían atender solo con cita previa. En este caso, el aforo estará limitado al 30%, una proporción que se mantendrá si el local tiene varias plantas, y se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes.

"En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente", apunta la orden ministerial. Además, los locales deberán establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Asimismo, en esta fase podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

Todos estos establecimientos que levanten la persiana dentro de dos días realizarán, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características.

En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán. En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes. Esta medida será también aplicable a las devoluciones de prendas que realicen los clientes.

Fisioterapia o peluquería, sin distancia

La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de  proximadamente dos metros sin estos elementos. Asimismo, la distancia entre los puestos de los mercados al aire libre o de mercadillos en la vía pública y los viandantes será de dos metros en todo momento.

En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.

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