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Economía

ERTEs sin fuerza mayor: más lentos y más caros, pero sin obligación de mantener el empleo 6 meses

Exterior de una Oficina de Empleo de Madrid.

Las empresas que están presentando ERTEs pero que no pueden justificar que la suspensión o reducción de contratos se debe directamente al impacto del coronavirus, y que por tanto no pueden justificar un ERTE por causa de fuerza mayor, están obligadas a presentarlo por otra vía que conlleva plazos más largos y en la que tendrán que asumir el pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores, pero que no les exige compromiso de mantener el empleo. 

Esto significa que los trabajadores afectados por un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas (ETOP) no tienen garantizado que vayan a recuperar su empleo. "Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente real decreto-ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad", dice el real decreto-ley, pero en alusión a los ERTEs por fuerza mayor. 

Sólo los de fuerza mayor deben cumplir ese requisito de comprometerse a no hacer despidos durante medio año, según confirman a Vozpópuli fuentes del Ministerio de Trabajo.

Éstos últimos están disponibles únicamente para las empresas que hayan visto parada su actividad por culpa directa del coronavirus, como por ejemplo las que han tenido que cerrar por obligación por el estado de alarma. Estas quedan exentas del pago de las cotizaciones de sus empleados a cambio de que se comprometan a mantener los puestos de trabajo durante seis meses desde que se reanude la actividad. 

En principio, todas las compañías que estaban sufriendo la crisis económica que ha provocado el covid-19 intentaron tramitar sus ERTEs por fuerza mayor para librarse del pago de cotizaciones, pero la Autoridad Laboral está empezando a dar pistas de que no todo se puede encajar en este apartado. Por ejemplo, las compañías industriales que han sufrido una caída de demanda (como las fabricantes de automóviles) no pueden recurrir a esta vía, ni tampoco las empresas de comida rápida que pueden seguir sirviendo a domicilio o los call centers

Presentar dos ERTEs en una misma empresa

Estas últimas deben presentar dos ERTEs diferentes: uno para la parte de la plantilla que deben despedir por fuerza mayor (con motivo de cierre de establecimientos) y otro para las que, aunque pueden seguir trabajando, no son necesarias por la caída de la actividad. 

Para compañías por ejemplo del sector industrial, que no pueden justificar ERTEs por fuerza mayor, los despachos están tramitando ERTEs por causas ETOP. "Un 40% de los ERTEs que estamos presentando son por causas económicas y organizativas", reconocía este jueves una abogada del área Laboral de un bufete. 

El ERTE por causas ETOP se tramita más lentamente: se requieren cinco días para que se constituya una comisión representativa de los trabajadores; una vez constituida, la compañía les entrega la documentación y comunica el inicio del proceso a la Autoridad Laboral a la que también entrega documentación y el informe técnico de un tercero independiente, así como memoria de las causas e información de los trabajadores afectados.

La Autoridad Laboral puede solicitar informe a la Inspección de Trabajo. Se inicia periodo de consultas de la comisión que durará como máximo 7 días, y una vez terminado ese periodo el empresario notifica su decisión final a los trabajadores y la Autoridad Laboral en los siguientes 15 días.

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