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Estrella Galicia logra que el Supremo despoje a Vichy Catalán de una marca de agua mineral

La popular enseña de la gallega Hijos de Rivera también está registrada como marca de agua embotellada.

El Tribunal Supremo acaba de dar carpetazo a una batalla judicial librada entre dos empresas centenarias del sector de la alimentación en España por la utilización de una marca de agua embotellada, “Estrella Agua Mineral 1,5 L”.

La Sección tercera de la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha despojado a Vichy Catalán de los derechos de esa marca, que el grupo barcelonés tenía registrados desde abril de 2008, tras atender a un recurso presentado por la empresa gallega Hijos de Rivera, fabricante de la cerveza Estrella de Galicia.

El caso se remonta a abril de 2008, cuando la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), dependiente del Ministerio de Industria, resolvió autorizar a Vichy Catalán el registro de esa marca tras desestimar un recurso de alzada presentado por Hijos de Rivera, que tiene registrados los derechos de la marca Estrella Galicia, además de para la comercialización de cerveza, para la clase 32, correspondiente al agua mineral.

La OEPM (que en el proceso también desestimó los recursos presentados, entre otros, por Estrella Damm, del grupo de la familia Carceller) interpretó que entre las enseñas en disputa existían “suficientes disparidades fonéticas, denominativas y gráficas como para garantizar su recíproca diferenciación, excluyéndose todo riesgo o confusión en el mercado” y dio su visto bueno a la petición del grupo catalán.

El TSJM emitió sentencias contradictorias sobre este asunto para marcas similares

Hijos de Rivera no se resignó y presentó recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que lo desestimó en octubre de 2012. La gallega decidió impugnar esa sentencia y en febrero de 2013 recurrió al Tribunal Supremo para pedir amparo y lograr la denegación del registro de la marca, algo que acaba de conseguir.

En la sentencia, dictada el pasado 20 de diciembre, el Supremo cree “indiscutible la semejanza de los elementos fonéticos y conceptuales” entre la marca aspirante (Estrella Agua Mineral 1,5 L) y la oponente (Estrella Galicia) y considera que la solicitada por Vichy Catalán “puede generar confusión” con respecto a la de la empresa gallega.

Además, el Alto Tribunal reprocha al TSJM que, en un litigio muy similar, la misma sala del tribunal madrileño anulara la concesión de la marca “Estrella Agua Mineral Natural 5 L” (también perteneciente a Vichy Catalán) y resolviera a favor de Hijos de Rivera, llegando a “resoluciones contrapuestas, sin razón alguna aparente que las avale” en casos “idénticos o esencialmente similares”.

También rechaza el Supremo el argumento de Vichy Catalán de que su marca de agua mineral "Fuente Estrella" (cuyos derechos tiene registrados desde 1908) le permitían obtener “continuidad registral” para la enseña en disputa, porque dicha marca “no es propiamente una extensión” de aquella enseña y carece de “la necesaria similitud para apreciar que la marca aspirante sea ciertamente continuidad o extensión de la primera”.

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