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Telefónica tendrá que indemnizar a Romero de Tejada y otros implicados en el Tamayazo

Sede de Telefónica.

Telefónica está a la espera de que un juez determine la cantidad con la que tendrá que indemnizar a varias personas que fueron implicadas en el Tamayazo por la filtración y publicación de llamadas que realizaron cuando ocurrieron los sucesos que desbarataron un gobierno de la Comunidad de Madrid de izquierdas, en el año 2003.

La Sección número 29 de la Audiencia Provincial de Madrid declaró el pasado mes de septiembre la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica Móviles España para que indemnice al que fuera secretario general del PP de Madrid, Ricardo Romero de Tejada y Picatoste; al abogado José Esteban Verdes, así como a la firma Verdes y Asesores; y a la sociedad Euroholding, por la filtración y publicación de las llamadas que se hicieron desde sus teléfonos durante el Tamayazo.

La sentencia de la Audiencia Provincial está pendiente ahora de que un juez estime la cantidad con la que deberán ser indemnizados los afectados por la publicación de aquellas llamadas. El fallo de la Audiencia por el que se declaraba la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica se produjo el pasado 29 de septiembre, y condenaba como primer responsable de los hechos denunciados a Alberto Moreno, exempleado de Telefónica Móviles, por haber accedido a los datos de esas llamadas y filtrarlas a medios de prensa a través de terceros.

Ricardo Romero de Tejada solicitó una indemnización de 200.000 euros

El 10 de junio de 2003 los entonces parlamentarios del PSOE, Eduardo Tamayo y María Teresa Sáez, no acudieron a la votación para nombrar el presidente de la Asamblea de Madrid, lo que impidió que Rafael Simancas (PSOE) fuera designado presidente de la Comunidad de Madrid mediante un pacto entre PSOE e IU. Las elecciones tuvieron que repetirse y Esperanza Aguirre se hizo con la presidencia de la Comunidad de Madrid, el 26 de octubre de 2003.

Varios medios publicaron los días del Tamayazo llamadas que se habían producido entre Tamayo, Romero de Tejada, el abogado Esteban Verdes, un empresario de la construcción –al frente de la sociedad Euroholding-, y también José Luis Balbás, que lideró una corriente del PSOE y fue expulsado del partido tras aquellos acontecimientos. Las filtraciones fueron denunciadas por los afectados.

Alberto Moreno, exempleado de Telefónica condenado por el Tamayazo.

Tras más de doce años de instrucción, de la que se encargó el juez Adolfo Carretero, el Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid condenó al exempleado de Telefónica Alberto Moreno como autor de las filtraciones de las llamadas del Tamayazo, a seis meses de cárcel y el abono de las costas procesales. De acuerdo a la sentencia, Moreno habría sustraído las claves de acceso a los datos filtrados; durante el proceso, el exempleado de Telefónica sostuvo que las claves eran públicas, por lo que cualquiera del cerca de centenar de personas que trabajaban en su departamento podría haber accedido a ellas.

Las acusaciones particulares solicitaron la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica Móviles, pero el Juzgado de lo Penal dictó que, como había declarado un inspector de la Agencia de Protección de Datos durante la instrucción, los procedimientos de la compañía eran "correctos en cuanto a la normativa estatal, las medidas de seguridad de la empresa eran excepcionales en comparación con la normativa estatal, iba más allá (…)". El juzgado declaró que Telefónica carecía de responsabilidad civil subsidiaria.

Responsabilidad de la empresa

Tanto Alberto Moreno como Ricardo Romero de Tejada, el abogado Esteban Verdes, y la inmobiliaria Euroholding interpusieron recurso de apelación. La Sala número 29 de la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de Moreno, y estimó, en sentencia del pasado mes de septiembre, parcialmente los presentados por el resto de afectados declarando la responsabilidad subsidiaria de Telefónica Móviles para que les indemnicen "en la cantidad que en ejecución de sentencia se determine por los perjuicios económicos sufridos (…)".

La sala de la Audiencia Provincial recuerda que el artículo 120.4 del Código Penal establece la responsabilidad civil de la empresa, en defecto de los que lo sean criminalmente "por los delitos que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios". Y señala que el fundamento de esta clase de responsabilidad del empresario es el de "dar incentivos a la empresa para que adopte medidas internas de reducción del riesgo de daño".

La sentencia de lo Penal que en 2016 no declaró la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica afirmaba que los sistemas de seguridad del grupo eran "excelentes", pero, señala la Audiencia Provincial en su sentencia del pasado mes de septiembre, "a posteriori se ha comprobado que era un sistema bueno para averiguar el autor del acceso, pero no para impedir que el mismo se produjera y se divulgara la información obtenida, es decir para adoptar las previsiones correspondientes para evitar las disfunciones detectadas".

En su querella, Ricardo Romero de Tejada solicitaba una indemnización "por los gastos, daños y perjuicios producidos" de 100.000 euros declarando la responsabilidad civil subsidiaria de Telefónica. El abogado José Esteban Verdes requirió una indemnización de tres millones de euros; y la inmobiliaria Euroholding, 200.000 euros.

La sentencia de la Sala 29 de la Audiencia Provincial del pasado mes de septiembre dice que al no haber quedado "acreditado que las cantidades reclamadas se correspondían con un verdadero perjuicio económico, procede postergar la determinación de su cuantía al periodo procesal de ejecución de sentencia, donde deberá fijarse tras la actividad probatoria necesaria".

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