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Bruselas obliga a Renfe a indemnizar a sus pasajeros por retrasos en casos de “fuerza mayor”

Un Cercanías deja la estación de Manresa en medio de la nieve.

Cuando el usuario suba al tren, sea una línea convencional o de alta velocidad, y éste alcance la hora de retraso, ahora tiene más probabilidades de percibir una parte del billete de Renfe Operadora, que suele ser de todo menos barato (con la nueva política de precios cada vez hay más excepciones). Así lo obliga una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitida el pasado 26 de septiembre. De acuerdo con el fallo, todos los operadores europeos tendrán que indemnizar a sus pasajeros a partir de 60 minutos de retraso, incluso si el retardo viene motivado por causas de “fuerza mayor”.

La sentencia se refiere al artículo 17 del Reglamento número 1371/2007 del Parlamento Europeo del 23 de octubre de 2007, el cual “debe interpretarse en el sentido de que una empresa ferroviaria no puede excluir su deber de abonar una indemnización por el precio del billete en caso de fuerza mayor”.

El tribunal está de acuerdo con que el reglamento aprobado en 2007 no especifica las causas, e incluso reconoce que hay “circunstancias” que el operador “no puede evitar”. Con todo, dictamina que “las empresas ferroviarias conocen por adelantado la posibilidad de su acaecimiento”. Así, las obliga a abonar el 25% del precio del billete si el retraso oscila entre una y dos horas; y el 50% a partir de las dos horas.

¿Qué es fuerza mayor?

Preguntadas por Vozpópuli, varias fuentes de Renfe entienden que habría que redefinir el concepto de “fuerza mayor”, el cual abarca en la actualidad en España retrasos por fenómenos climatológicos, “disturbios públicos” (concepto que no detalla exhaustivamente si se refiere a una huelga) y atentados terroristas. El Tribunal europeo no despeja la duda y ahora le toca a la Comisión decidir si incorpora esas precisiones en el reglamento.

Según la corte de Justicia, fuerza mayor son "aquellas circunstancias sin conexión con la operación del ferrocarril y que el operador no puede evitar".

Este medio solicitó a Renfe Operadora un listado con la naturaleza de los retrasos en España, para comprobar cuántos se producen anualmente por motivos de “fuerza mayor” y para tratar de calcular el coste que puede suponer para la empresa estatal el citado fallo comunitario. No ha sido posible. Sin embargo, miembros del ente destacan que Renfe es ejemplar en materia de puntualidad: “Tenemos una puntualidad de más del 98% en el caso de la alta velocidad, y del 95% en el caso de trenes convencionales. Nuestro compromiso en el caso de los AVE –un retrado de más de 30 minutos implica la devolución total del billete- es único en Europa. En otras cosas no, pero en este asunto son otros países los que van a tener que ponerse las pilas. En eso somos modélicos”.

Protestas comunitarias

El fallo viene demandado por un tribunal austriaco y ha tratado de ser revocado por varios gobiernos, como el alemán, el sueco, el italiano o el austriaco, que han actuado como representantes del lobby comunitario que aúna a todos los operadores europeos.

La operadora estatal austriaca, la ÖBB‑Personenverkehr, interpuso a su vez un recurso contra el fallo, denegado por el tribunal europeo. Y otros países, como Suecia, mostraron su desacuerdo por entender que los retrasos se producen por orígenes ajenos al operador. Pero los jueces se mantuvieron inflexibles.

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