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Hacienda obliga a Fomento a suspender licitaciones por valor de 598 millones porque los pliegos facilitaban los ‘dedazos’

Los titulares en funciones de Fomento y Hacienda, Ana Pastor y Cristóbal Montoro

El Ministerio de Fomento se ha visto obligado a suspender temporalmente hasta 43 licitaciones de servicios y obras relacionadas con el mantenimiento y conservación de carreteras debido a que el contenido de los correspondientes pliegos concede un amplio margen a criterios arbitrarios para la concesión de los contratos. Es decir, que deja la puerta abierta a adjudicaciones dirigidas (el ya tradicionalmente conocido como ‘dedazo’), algo que, obviamente, va en contra de lo especificado en la Ley de Contratos del Sector Público.

La medida afecta a 37 licitaciones de servicios y seis de obras, todas ellas valoradas en conjunto en 598 millones de euros. Se trata de procesos publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) entre mediados de noviembre de 2015 y los primeros días del presente ejercicio. Los proyectos se encuentran localizados en diversas comunidades autónomas, especialmente Andalucía, Galicia, Castilla y León y Madrid.  

El mecanismo hace que el valor de la puntuación económica se diluya en favor de la técnica, que no cuenta con fórmulas automáticas de evaluación

La decisión del Ministerio dirigido en funciones por Ana Pastor ha venido provocada por la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), dependiente del Ministerio de Hacienda, que ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la asociación Círculo de Empresas Andaluzas de la Construcción, Consultoría y Obra Pública (Ceacop) contra cuatro licitaciones de Fomento en cuyos pliegos se incluía una cláusula considerada contraria a Derecho.

Concretamente, la pretensión de esa cláusula era desincentivar las bajas temerarias en las propuestas, toda vez que la oferta económica supone un 70% de la calificación mientras que el 30% restante corresponde a la técnica. El sistema empleado para lograr el objetivo consiste en establecer una cantidad límite y penalizar las ofertas económicas que estén por debajo de ella, otorgando menos puntos de los que les correspondería a partir de esa barrera.

Sin embargo, el mecanismo hace que el valor de la puntuación económica se diluya en favor de la técnica, que no cuenta con fórmulas automáticas de evaluación, como sí sucede con la primera. Esta circunstancia deriva en que “se deja al arbitrio del órgano de contratación la adjudicación de la licitación”, como reza el recurso que ha estimado el tribunal dependiente de Hacienda.

En una palabra, que la decisión final no dependería de fórmulas matemáticas, totalmente objetivas, sino de criterios personales, siempre mucho más subjetivos. El TACRC concluye que este mecanismo “propicia que sean los criterios de valoración no automática los determinantes de la adjudicación”. 

El inexistente comité de expertos

Además, la inclusión de la citada cláusula modifica en la práctica la ponderación inicial de las ofertas económica y técnica puesto que, en realidad, la parte técnica, es decir, la que no depende de los fríos números y sí de la opinión del contratante (en este caso, el Ministerio de Fomento) cuenta con más peso del teórico 30% especificado en el pliego; mientras, la económica tendría menos del 70% contemplado.

Esta circunstancia es contraria a lo reflejado en la Ley de Contratos del Sector Público, que en su artículo 150.2 señala que “en la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos”.

No obstante, la normativa no impide ni mucho menos que en los pliegos de licitaciones tenga un mayor peso la oferta técnica frente a la económica

No obstante, la normativa no impide ni mucho menos que en los pliegos de licitaciones tenga un mayor peso la oferta técnica frente a la económica. Pero para esos casos en los que los criterios dependientes de un juicio de valor gocen de una mayor ponderación es necesario crear un comité compuesto por un mínimo de tres miembros, que serán expertos en el área con la que se relacione el contrato e independientes del órgano contratante. Este comité podrá entonces evaluar personalmente la oferta técnica o bien encomendar tal labor a un organismo especializado cuya identidad deberá reflejarse en el pliego.

Ninguna de estas circunstancias se da en las cuatro licitaciones recurridas por Ceacop ni en las que han sido cautelarmente suspendidas por Fomento, que cuentan con un pliego similar. El departamento mantendrá las licitaciones suspendidas hasta no haber estudiado con detenimiento la resolución del TACRC y, sobre todo, sus consecuencias jurídicas.

Frenazo a las obras de carreteras

El tribunal tampoco se opone a que los pliegos introduzcan mecanismos para evitar las bajas temerarias pero argumenta que “no son los criterios de adjudicación el instrumento idóneo para disuadir bajas anormales”. Los procedimientos para este fin aparecen contemplados también en la Ley de Contratos del Sector Público.

Los contratos relacionados con la conservación y mantenimiento de carreteras se han multiplicado en los últimos meses y se han convertido en la gran esperanza para las compañías contratistas de obra pública (junto con el desarrollo de la red de alta velocidad) ante la escasez de licitaciones, especialmente por parte de la Administración central desde que comenzó la crisis.

Precisamente, este escenario había hecho que se adjudicaran contratos con bajas muy notables debido a la feroz competencia por hacerse con uno de ellos, especialmente por parte de compañías de tamaño mediano y, sobre todo, pequeño, que no compiten por licitaciones de AVE.

La resolución del TACRC ha supuesto un significativo parón en la actividad licitadora de la Dirección General de Carreteras, que deberá modificar los pliegos en mitad de una época de incertidumbre dado el carácter de en funciones del actual Gobierno y la perspectiva de una posible repetición de elecciones que llevaría la composición de un Ejecutivo más allá del próximo verano.

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